CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

LA CORREANA SpA

CVE 1840553
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
6 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de octubre de 2020
Repertorio
15271/2020
Notario
JUAN CARLOS ALVAREZ DOMINGUEZ
Domicilio
Titular Hernán Cuadra Gazmuri
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será: la producción, explotación, distribución, venta, exportación y comercialización de productos agrícolas en general, ya sean en predios propios o ajenos, y toda operación de producción, industrialización y comercialización relativa a actividades agrícolas, por cuenta propia o ajena; y la realización de cualesquiera otros negocios que acuerden los socios;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CARLOS ALVAREZ DOMINGUEZ, Notario Público Suplente del Titular Hernán Cuadra Gazmuri, 1ª Notaría de Santiago, Huérfanos 1160, Oficina 101-102 certifico:: Por escritura pública de fecha 6 de octubre de 2020, repertorio N° 15.271/2020, ante mí, don Benjamín Felipe Correa Silva, don Manuel Francisco Correa Silva, don Jenaro de los Sagrados Corazones de Jesús Correa Silva, y doña María Teresa Correa López constituyeron una sociedad por acciones con las siguientes menciones extractables: Nombre: LA CORREANA SpA; Objeto: El objeto de la sociedad será: la producción, explotación, distribución, venta, exportación y comercialización de productos agrícolas en general, ya sean en predios propios o ajenos, y toda operación de producción, industrialización y comercialización relativa a actividades agrícolas, por cuenta propia o ajena; y la realización de cualesquiera otros negocios que acuerden los socios; Capital: $1.000.000 dividido en 10.000 acciones nominativas y de igual valor, que se dividen en dos series de acciones: Las de Serie A, compuesta por 7.500 acciones preferentes, nominativas, sin valor nominal; y las de la Serie B, compuesta por 2.500 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 22 de Octubre de 2020. J.C. Alvarez D.