Instrumento
- Fecha
- 27 de octubre de 2020
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tiene por
Administración
La Sociedad será administrada por un “Administrador” o “Gerente”, quien representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaria de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de esta fecha, ante mí, don HEINZ BAIER CARMONA, cédula de identidad N° 18.463.697-2, domiciliado en Padre Mariano 181, oficina 302, comuna de Providencia, constituyó sociedad por acciones, de cuyo contrato social extracto: Razón Social. “INVERSIONES AGORA SpA". Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Accionista Concurrente a La Constitución: Heinz Baier Carmona. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto: a) Inversión en toda clase de bienes, tanto corporales como incorporales, muebles e inmuebles, así como en todo tipo de instrumentos financieros o de créditos, bonos, acciones y similares, su administración, explotación y la percepción de sus frutos, ya sea en Chile o en el extranjero; b) Inversión en toda clase de sociedades, tanto civiles como comerciales, como la inversión en Fondos de Inversión y similares; y, c) Toda otra actividad que acuerden los accionistas y que tenga relación con las anteriores. Capital: El capital social es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una única serie y de igual valor cada una. Suscrito y pagado en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. Administración: La Sociedad será administrada por un “Administrador” o “Gerente”, quien representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición. Otras estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 27 de octubre de 2020. María Patricia Donoso Gomien. Notario Público.