MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA SAN OSCAR LIMITADA

RUT 77077107-2 CVE 1840497
Capital
$4.732.808 CLP
Fecha instrumento
6 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de octubre de 2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.732.808 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Abogado, Notario Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, domicilio en Calle Teatinos 332, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 6 de octubre del año 2020, ante mí, doña ANA MARÍA ERRÁZURIZ VERGARA, don GUILLERMO SALINAS ERRÁZURIZ, don FERNANDO JOSÉ SALINAS ERRÁZURIZ, doña ANA MARÍA SALINAS ERRÁZURIZ, doña MARÍA CECILIA SALINAS ERRÁZURIZ, doña MARÍA MAGDALENA SALINAS ERRÁZURIZ, doña PILAR SALINAS ERRÁZURIZ, y la sociedad AGRÍCOLA SANTA ANITA LIMITADA, todos domiciliados en Av. Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, otorgaron escritura pública “Cesión de Derechos y Modificación de Estatutos AGRÍCOLA SAN OSCAR LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 58.380 número 28.716, Reg. Com. CBR Stgo. año 2019, y acordaron: I.- CESIONES DE DERECHOS: Uno.- Doña ANA MARÍA ERRÁZURIZ VERGARA, cede y transfiere a don GUILLERMO SALINAS ERRÁZURIZ, quien acepta y adquiere para sí, el 21,30% del total de los derechos sociales. Precio y condiciones venta en escritura extractada. Dos.- Doña ANA MARÍA ERRÁZURIZ VERGARA, cede y transfiere a don FERNANDO JOSÉ SALINAS ERRÁZURIZ, quien acepta y adquiere para sí, el 10,15% del total de los derechos sociales. Precio y condiciones venta en escritura extractada. Tres.- Doña ANA MARÍA ERRÁZURIZ VERGARA, cede y transfiere a doña ANA MARÍA SALINAS ERRÁZURIZ, quien acepta y adquiere para sí, el 10,15% del total de los derechos sociales. Precio y condiciones venta en escritura extractada. Cuatro.- Doña ANA MARÍA ERRÁZURIZ VERGARA, cede y transfiere a doña MARÍA CECILIA SALINAS ERRÁZURIZ, quien acepta y adquiere para sí, el 22,74% del total de los derechos sociales. Precio y condiciones venta en escritura extractada. Cinco.- Doña ANA MARÍA ERRÁZURIZ VERGARA, cede y transfiere a doña MARÍA MAGDALENA SALINAS ERRÁZURIZ, quien acepta y adquiere para sí, el 5,63% del total de los derechos sociales. Precio y condiciones venta en escritura extractada. Seis.- Doña ANA MARÍA ERRÁZURIZ VERGARA, cede y transfiere a doña PILAR SALINAS ERRÁZURIZ, quien acepta y adquiere para sí, el 14,03% del total de los derechos sociales. Precio y condiciones venta en escritura extractada. Siete.- La sociedad AGRÍCOLA SANTA ANITA LIMITADA, cede y transfiere a doña PILAR SALINAS ERRÁZURIZ, quien acepta y adquiere para sí, el 10% del total de los derechos sociales. Precio y condiciones venta en escritura extractada. II.- RETIRO DE SOCIOS: Como consecuencia de cesiones de derechos, se retiran de la sociedad, doña ANA MARÍA ERRÁZURIZ VERGARA y la sociedad AGRÍCOLA SANTA ANITA LIMITADA, retiro que es aceptado por los restantes socios de la sociedad. III.- MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES: Socios acuerdan modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo por el del siguiente tenor extractado: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma única y total de $4.732.808, que los socios han aportado y enterado en caja social con anterioridad a la fecha de la escritura extractada, en las siguientes proporciones: a) don GUILLERMO SALINAS ERRÁZURIZ, con $1.055.416, que equivalen al 22,30% del total de los derechos sociales; b) don FERNANDO JOSÉ SALINAS ERRÁZURIZ, con $527.708, que equivalen al 11,15% del total de los derechos sociales; c) doña ANA MARÍA SALINAS ERRÁZURIZ, con $527.708, que equivalen al 11,15% del total de los derechos sociales; d) doña MARÍA CECILIA SALINAS ERRÁZURIZ, con $1.123.569, que equivalen al 23,74% del total de los derechos sociales; e) doña MARÍA MAGDALENA SALINAS ERRÁZURIZ, con $313.785, que equivalen al 6,63% del total de los derechos sociales; y, f) doña PILAR SALINAS ERRÁZURIZ, con $1.184.622, que equivalen al 25,03% del total de los derechos sociales.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago. 19 de octubre de 2020. A. Mozó A. Notario Público.