Instrumento
- Fecha
- 1 de octubre de 2020
- Repertorio
- 1577/2020
- Notario
- SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
- Oficio
- Tercera Notaría de Puerto Varas
- Comuna
- Puerto Varas
Sociedad
- Capital
- $9.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Puerto Varas
- Duración
- La duración de la sociedad será de diez años a contar fecha escritura, periodo que se podrá renovar en forma automática y tácita, a menos que alguno de los accionistas no manifiesten su intención de ponerle término a la sociedad a través de carta certificada enviada con a lo menos sesenta días corridos de anticipación al vencimiento de la sociedad
- Ley aplicable
- Ley N° 20.190
Objeto social
El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase bienes productos por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales o extranjeras, realizar compraventa, distribución, consignación, importación, exportación y tratamiento productos del rubro alimenticio, como pescados, mariscos, moluscos y crustáceos y otros productos del mar, en todas sus formas: frescos, congelados, enlatados y conservas; frutas, verduras, gramíneas, farináceos y productos industriales no naturales; bebidas y licores; productos cárneos, leche, queso, huevos, yogur, quesillo y otros lácteos; productos líquidos, helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos o del aire, natural o industrial que sirva de alimento y cualquier otra clase de alimentos que se conocen en la actualidad, o existan en el futuro para el hombre y)o los animales y todo lo relacionado en cualquier forma, con el ramo alimenticio y cualquier otro acto o negocio lícito que derive los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá, con las facultades y limitaciones que se indican en la escritura extractada a un gerente general, nombrando en tal carácter a don Cristian Esteban Kohler Ibarra
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 01/10/2020, repertorio N°1577/2020 ante mí, CRISTIAN ESTEBAN KOHLER IBARRA, ingeniero constructor, C.I. N° 13.968.930-5, domiciliado en Ruta 225, kilómetro 6,9, Parcelación El Pangue, Parcela 38, Puerto Varas, PATRICIO ENRIQUE STEFFEN ANINAT, biólogo marino, C.I. N° 11.919.939-5, domiciliado en Ruta 225, kilómetro 6,9, Parcelación El Pangue, Parcela 27, Puerto Varas, y PEDRO CRISTIÁN CAMPOS JARAMI, profesor, C.I. N° 11.478.285- 8, domiciliado en Ruta 225, kilómetro 6,9, Parcelación El Pangue, Parcela 31, Puerto Varas, constituyeron sociedad por acciones que se regirá los estatutos pactados por los accionistas y en todo aquello no previsto por dichos estatutos, por lo dispuesto en la Ley N° 20.190, que introduce las modificaciones al Libro II, Titulo VII del Código de Comercio, incorporando el nuevo Párrafo octavo “De las sociedades por acciones”, y en forma supletoria por las normas que regulan las sociedades anónimas cerradas establecidas en la ley N° 18.046 sobre sociedades anónimas y su respectivo Reglamento. Razón social: SEAFOOD PUERTO VARAS SpA. Objeto: El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase bienes productos por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales o extranjeras, realizar compraventa, distribución, consignación, importación, exportación y tratamiento productos del rubro alimenticio, como pescados, mariscos, moluscos y crustáceos y otros productos del mar, en todas sus formas: frescos, congelados, enlatados y conservas; frutas, verduras, gramíneas, farináceos y productos industriales no naturales; bebidas y licores; productos cárneos, leche, queso, huevos, yogur, quesillo y otros lácteos; productos líquidos, helados y todo otro producto de la tierra, del mar, de lagos, ríos o del aire, natural o industrial que sirva de alimento y cualquier otra clase de alimentos que se conocen en la actualidad, o existan en el futuro para el hombre y/o los animales y todo lo relacionado en cualquier forma, con el ramo alimenticio y cualquier otro acto o negocio lícito que derive los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Puerto Varas, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de diez años a contar fecha escritura, periodo que se podrá renovar en forma automática y tácita, a menos que alguno de los accionistas no manifiesten su intención de ponerle término a la sociedad a través de carta certificada enviada con a lo menos sesenta días corridos de anticipación al vencimiento de la sociedad. Capital: El capital de la sociedad es de $9.000.000, dividido en 90 acciones nominativas, sin valor nominal, de una sola serie. El capital de la sociedad se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo segundo transitorio. Se limita la responsabilidad de los accionistas hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá, con las facultades y limitaciones que se indican en la escritura extractada a un gerente general, nombrando en tal carácter a don Cristian Esteban Kohler Ibarra. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Puerto Varas, 28 de octubre de 2020.