COMERCIAL PLAZA ITALIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de octubre de 2020
- Comuna
- Pública de Santiago
Sociedad
- Duración
- Julia Bruna e Inés Luisa Massoni Gagliardo, Pablo Siri Ravera, debidamente representado, Bruno Siri Ravera y Carlo Stefano Siri Scolari, como únicos socios de la Sociedad, en adelante los “Socios”, acordaron unánimemente dejar sin efecto la manifestación unilateral de voluntad de don Carlo Stefano Siri Scolari de poner término a la misma al 31 de diciembre de 2020, que consta en escritura pública de fecha 23 de junio de 2020, otorgada en la notaría de Santiago de doña Nancy de la Fuente Hernández, la cual se anotó al margen de la inscripción social de la Sociedad. En consecuencia, los Socios dejaron constancia que a la fecha se encontraba vigente la cláusula Séptima de los estatutos de la Sociedad que establece: “SÉPTIMO: La sociedad rige desde el doce de febrero de mil novecientos cincuenta y cuatro, y durará hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil diez, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por periodos iguales de dos años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos.”. 2. Modificación
Objeto social
Los Socios acordaron unánimemente eliminar del objeto social la referencia a Fuente Alemana, y en consecuencia acordaron reemplazar la cláusula Segunda de los estatutos sociales por la siguiente: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad será la explotación de establecimientos de fuente de soda y fiambrería y cualquier otro negocio o actividad que los socios acuerden en el futuro que esté relacionada directa o indirectamente con lo anterior, y, en especial, la explotación del establecimiento de fuente de soda que está ubicado en Avenida Bernardo O’Higgins número cincuenta y ocho, comuna y ciudad de Santiago.”. 3. Permutas de Derechos Sociales y Retiro de Socias. Doña Julia Bruna Massoni Gagliardo cedió a don Bruno Siri Ravera sus derechos en la Sociedad, los cuales representan el 25% de los derechos sociales de la misma, a cambio de lo cual don Bruno Siri Ravera le cedió a doña Julia Bruna Massoni Gagliardo los derechos que tiene en Comercial Alemana Limitada, inscrita a fojas 10.867, número 8.853 del Registro de Comercio de Santiago del año 1995. Asimismo, doña Inés Luisa Massoni Gagliardo cedió a don Claudio Andrés Siri Iglesis sus derechos en la Sociedad, los cuales representan el 25% de los derechos sociales de la misma, a cambio de lo cual don Claudio Andrés Siri Iglesis le cedió a doña Inés Luisa Massoni Gagliardo los derechos que tiene en Comercial Alemana Limitada. Doña Julia Bruna Massoni Gagliardo, don Bruno Siri Ravera, doña Inés Luisa Massoni Gagliardo, y don Claudio Andrés Siri Iglesis, respectivamente aceptaron para sí y a su entera satisfacción los derechos sociales permutados. En consecuencia, doña Julia Bruna Massoni Gagliardo y doña Inés Luisa Massoni Gagliardo se retiraron de la Sociedad, quedando como únicos socios don Pablo Siri Ravera, don Bruno Siri Ravera, don Carlo Stefano Siri Scolari, y don Claudio Andrés Siri Iglesis, con un 25%, 37,5%, 12,5%, y 25% de los derechos sobre la Sociedad, respectivamente. 4. Modificación
Administración
Pablo Siri Ravera, debidamente representado, Bruno Siri Ravera, Carlo Stefano Siri Scolari y Claudio Andrés Siri Iglesis, como únicos socios de la Sociedad, acordaron modificar el régimen de administración de la misma, para cuyo efecto acordaron reemplazar la cláusula Tercera de los estatutos sociales, a fin de establecer que la administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno cualquiera de los señores Carlo Stefano Siri Scolari y Bruno Siri Ravera, actuando conjuntamente con el señor Claudio Andrés Siri Iglesis, quienes actuando de la forma indicada y anteponiendo a sus firmas la razón social, representarán a la Sociedad con todas las facultades de administración y disposición de bienes que se señalaron en la mencionada escritura. En todo lo no modificado siguen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social, especialmente la limitación de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogada, Titular de la Trigésimo Séptima Notaría Pública de Santiago, con oficio en Huérfanos N° 1117, oficina 1014, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de octubre de 2020, comparecieron: doña JULIA BRUNA MASSONI GAGLIARDO; y doña INÉS LUISA MASSONI GAGLIARDO, ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Pedro de Valdivia 210, comuna de Providencia, Santiago; don PABLO SIRI RAVERA, representado por doña Isabella María Siri Barrios y por don Bruno Siri Ravera; don BRUNO SIRI RAVERA; don CARLO STEFANO SIRI SCOLARI, cédula nacional de identidad número 7.314.404-3; y don CLAUDIO ANDRÉS SIRI IGLESIS, todos los señores Siri y la señora Siri domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Plomo 5.420, oficina 903, Las Condes, Santiago, quienes modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIAL PLAZA ITALIA LIMITADA”, inscrita a fojas 1.121, número 691 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1954, en adelante, la “Sociedad”, en el siguiente sentido: 1. Extensión Plazo. Julia Bruna e Inés Luisa Massoni Gagliardo, Pablo Siri Ravera, debidamente representado, Bruno Siri Ravera y Carlo Stefano Siri Scolari, como únicos socios de la Sociedad, en adelante los “Socios”, acordaron unánimemente dejar sin efecto la manifestación unilateral de voluntad de don Carlo Stefano Siri Scolari de poner término a la misma al 31 de diciembre de 2020, que consta en escritura pública de fecha 23 de junio de 2020, otorgada en la notaría de Santiago de doña Nancy de la Fuente Hernández, la cual se anotó al margen de la inscripción social de la Sociedad. En consecuencia, los Socios dejaron constancia que a la fecha se encontraba vigente la cláusula Séptima de los estatutos de la Sociedad que establece: “SÉPTIMO: La sociedad rige desde el doce de febrero de mil novecientos cincuenta y cuatro, y durará hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil diez, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por periodos iguales de dos años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos.”. 2. Modificación Objeto. Los Socios acordaron unánimemente eliminar del objeto social la referencia a Fuente Alemana, y en consecuencia acordaron reemplazar la cláusula Segunda de los estatutos sociales por la siguiente: “SEGUNDO: El objeto de la sociedad será la explotación de establecimientos de fuente de soda y fiambrería y cualquier otro negocio o actividad que los socios acuerden en el futuro que esté relacionada directa o indirectamente con lo anterior, y, en especial, la explotación del establecimiento de fuente de soda que está ubicado en Avenida Bernardo O’Higgins número cincuenta y ocho, comuna y ciudad de Santiago.”. 3. Permutas de Derechos Sociales y Retiro de Socias. Doña Julia Bruna Massoni Gagliardo cedió a don Bruno Siri Ravera sus derechos en la Sociedad, los cuales representan el 25% de los derechos sociales de la misma, a cambio de lo cual don Bruno Siri Ravera le cedió a doña Julia Bruna Massoni Gagliardo los derechos que tiene en Comercial Alemana Limitada, inscrita a fojas 10.867, número 8.853 del Registro de Comercio de Santiago del año 1995. Asimismo, doña Inés Luisa Massoni Gagliardo cedió a don Claudio Andrés Siri Iglesis sus derechos en la Sociedad, los cuales representan el 25% de los derechos sociales de la misma, a cambio de lo cual don Claudio Andrés Siri Iglesis le cedió a doña Inés Luisa Massoni Gagliardo los derechos que tiene en Comercial Alemana Limitada. Doña Julia Bruna Massoni Gagliardo, don Bruno Siri Ravera, doña Inés Luisa Massoni Gagliardo, y don Claudio Andrés Siri Iglesis, respectivamente aceptaron para sí y a su entera satisfacción los derechos sociales permutados. En consecuencia, doña Julia Bruna Massoni Gagliardo y doña Inés Luisa Massoni Gagliardo se retiraron de la Sociedad, quedando como únicos socios don Pablo Siri Ravera, don Bruno Siri Ravera, don Carlo Stefano Siri Scolari, y don Claudio Andrés Siri Iglesis, con un 25%, 37,5%, 12,5%, y 25% de los derechos sobre la Sociedad, respectivamente. 4. Modificación Administración. Pablo Siri Ravera, debidamente representado, Bruno Siri Ravera, Carlo Stefano Siri Scolari y Claudio Andrés Siri Iglesis, como únicos socios de la Sociedad, acordaron modificar el régimen de administración de la misma, para cuyo efecto acordaron reemplazar la cláusula Tercera de los estatutos sociales, a fin de establecer que la administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno cualquiera de los señores Carlo Stefano Siri Scolari y Bruno Siri Ravera, actuando conjuntamente con el señor Claudio Andrés Siri Iglesis, quienes actuando de la forma indicada y anteponiendo a sus firmas la razón social, representarán a la Sociedad con todas las facultades de administración y disposición de bienes que se señalaron en la mencionada escritura. En todo lo no modificado siguen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social, especialmente la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 26 de octubre de 2020.