MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL FANGIOFRUT LIMITADA

RUT 76490200-9 CVE 1839961
Fecha instrumento
7 de septiembre de 2020

Instrumento

Fecha
7 de septiembre de 2020
Notario
RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA
Domicilio
Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Notario Público Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Iquique, A. Pinto 555, certifico que, por escritura pública 07/09/2020, otorgada Notario Suplente CHRISTIAN FELIPE BARRERA ARRIAGADA, YASNA DENISSE NOVOA LIZANA; FANGIO GONZALO NOVOA LIZANA; y ALVARO FELIPE NOVOA LIZANA, todos León de la Barra 9353, Comuna de Lo Espejo, Santiago, de paso ésta; y RODRIGO ANDRES NOVOA LIZANA, Las Lilas 2341, Iquique, modificaron sociedad YASNA DENISSE NOVOA LIZANA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA O TRANSPORTES Y COMERCIALIZADORA AGRICOLA YASNA NOVOA E.I.R.L., actualmente denominada COMERCIAL FANGIOFRUT LIMITADA ó COMERCIALIZADORA AGRICOLA FANGIOFRUT LTDA., constituida escritura pública 10/02/2006, otorgada Notario Público Iquique MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, inscrita fjs. 152, Nº 135, Registro Comercio Iquique 2006, Conservador Iquique, debidamente publicada Diario Oficial 24/02/2006, siguiente sentido RODRIGO ANDRES NOVOA LIZANA, vende, cede y transfiere 100% derechos sociales, equivalen 25% derechos sociales misma, a FANGIO GONZALO NOVOA LIZANA. COMERCIAL FANGIOFRUT LIMITADA O COMERCIALIZADORA AGRICOLA FANGIOFRUT LTDA., queda constituida por únicos socios, a saber: YASNA DENISSE NOVOA LIZANA, 25% derechos y acciones sociedad; ALVARO FELIPE NOVOA LIZANA, dueño 25% derechos y acciones sociedad; y FANGIO GONZALO NOVOA LIZANA, dueño 50% derechos y acciones sociedad. Actuales socios modifican cláusula Octava pacto social constitutivo, es decir, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a todos los socios en forma separada e indistintamente, quienes actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a sus firma la representarán y obligarán con las mismas facultades establecidas en el pacto social primitivo. En todo lo no modificado presente instrumento queda vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 27 de Octubre 2020.-