CLÍNICA DE MEDICINA ESTÉTICA MEDICAL BEAUTY CENTER SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de octubre de 2020
- Repertorio
- 28145
- Notario
- Juan Ricardo San Martin Urrejola
- Oficio
- cuadragésima tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La sociedad tiene por objeto la promoción, ejecución y desarrollo de todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con la salud.- En el ejercicio de ellas la sociedad podrá construir, instalar, administrar y explotar cualquier clase de establecimientos hospitalarios, por cuenta propia o ajena y prestar toda clase de servicios médicos o de salud.- Podrá igualmente desarrollar todo tipo de actividades industriales y comerciales destinadas a satisfacer las necesidades propias de la salud, sea directamente o asumiendo representaciones nacionales o extranjeras, y formar o participar como socio en cualquier clase de institutos, organizaciones o sociedades que tenga entre sus finalidades aquellas propias de la clínica. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martin Urrejola, Abogado, Notario Público de la cuadragésima tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 21 de octubre de 2020, número de repertorio 28.145, ante mí, don Moisés Mauricio Pavez Zentento y don Rolando Octavio Molina Ramos, constituyeron Sociedad por Acciones, “la Sociedad”.- Nombre: CLÍNICA DE MEDICINA ESTÉTICA MEDICAL BEAUTY CENTER SpA.- Objeto: La sociedad tiene por objeto la promoción, ejecución y desarrollo de todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con la salud.- En el ejercicio de ellas la sociedad podrá construir, instalar, administrar y explotar cualquier clase de establecimientos hospitalarios, por cuenta propia o ajena y prestar toda clase de servicios médicos o de salud.- Podrá igualmente desarrollar todo tipo de actividades industriales y comerciales destinadas a satisfacer las necesidades propias de la salud, sea directamente o asumiendo representaciones nacionales o extranjeras, y formar o participar como socio en cualquier clase de institutos, organizaciones o sociedades que tenga entre sus finalidades aquellas propias de la clínica. Para la consecución de sus fines, la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase.- Capital: El capital de la Sociedad asciende a la suma de un millón de pesos dividido y representado en diez acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal, que se emiten, suscriben, enteran y pagan en la forma y plazo señalado en la escritura.- Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Santiago, 27 de octubre de 2020.