MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesoría e Inversiones E.B. Limitada

RUT 78103860-1 CVE 1839836
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
2 de septiembre de 2020
Notario
ÁLVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
42º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Comuna de Zapallar, Región Valparaíso
Duración
10 años a contar de esta fecha, plazo que se entenderá renovado en forma automática, por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en conformidad escritura extractada

Objeto social

a) Inversión en bienes raíces y muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades, bonos, debentures, títulos de crédito; la explotación en cualquiera de sus formas de bienes raíces agrícolas y no agrícolas; b) La prestación de asesorías profesionales de cualquier especie, el desarrollo de proyectos de arquitectura, en general, la prestación de todo tipo de servicios comerciales, industriales, agrícolas o de otro carácter; c) el desarrollo de proyectos de arquitecta urbanismo, construcciones, diseño y paisajismo; d) En general la realización de cualquiera actividad civil, comercial o industrial relacionada o no con las anteriores que los socios acuerden. (iii)

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social corresponde a don Enrique Julio Browne Covarrubias en forma individual con amplias facultades indicadas en estatutos. En caso de ausencia o impedimento de don Enrique Julio Browne Covarrubias, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, representarán a la Sociedad don Enrique Browne Calvo, quien actuará conjuntamente con don Patricio Browne Covarrubias con facultades indicadas en estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la 42º Notaría de Santiago, Agustinas 1070, piso 2, Santiago, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública fecha 2 septiembre 2020, Rep. 29.432/2020, ante mi, Enrique Julio Browne Covarrubias y Enrique Browne Calvo, ambos domiciliados Los Conquistadores 2.461, Providencia, Región Metropolitana y como únicos y actuales socios, de las siguientes sociedades: I. “Asesoría e Inversiones E.B. Limitada”, inscrita actualmente fojas 23 vuelta, número 31 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Ligua del año 2002: cuyo capital pagado ascendente a $1.000.000, se distribuye a) don Enrique Julio Browne Covarrubias, con derechos equivalentes al 85% del capital social; y b) don Enrique Browne Calvo, con derechos equivalentes al 15% del capital social; y II. “Enrique Browne y Asociados, Arquitectos Limitada”, inscrita a fojas 7.269, número 5.942 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2002: cuyo capital pagado ascendente a $10.000.000, se distribuye a) don Enrique Julio Browne Covarrubias, con derechos equivalentes al 85% del capital social; y b) don Enrique Browne Calvo, con derechos equivalentes al 15% del capital social. Acordaron la fusión de ambas sociedades mediante la incorporación de Enrique Browne y Asociados, Arquitectos Limitada en Asesoría e Inversiones E.B. Limitada, sociedad esta última que adquiere todos sus activos y pasivos, incorporado a todos sus socio, en proporción a su participación en el capital de la sociedad absorbida, y patrimonio y sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones. Como consecuencia de fusión, se disuelve Enrique Browne y Asociados, Arquitectos Limitada, pero sin que deba precederse a su liquidación, en razón de incorporarse la totalidad de su patrimonio y socios a la sociedad absorbente Asesoría e Inversiones E.B. Limitada, la cual, por su parte, es continuadora legal de la sociedad absorbida y disuelta en todos sus derechos y obligaciones, para todos los efectos legales. Con motivo de fusión, se aumenta capital de Asesoría e Inversiones E.B. Limitada por la incorporación de la totalidad del patrimonio de Enrique Browne y Asociados, Arquitectos Limitada, en monto que se indica más adelante. Como consecuencia de fusión socios de sociedad absorbida se incorporan a la sociedad absorbente, en la proporción que corresponde a su participación en la sociedad absorbida como se indica antes. El aporte de cada uno de los socios está constituido por su participación en los derechos sociales que tenían en la sociedad absorbida y que por el presente instrumento incorporan a la sociedad absorbente. Se modifican estatutos de Asesoría e Inversiones E.B. Limitada en el siguiente sentido: Únicos socios: a) don Enrique Julio Browne Covarrubias, con derechos equivalentes al 85% del capital social; y b) don Enrique Browne Calvo, con derechos equivalentes al 15% del capital social; y se modifica la artículo cuarto relativo al capital social, según se indica más adelante. Únicos socios acuerdan texto refundido: "Socios: Enrique Julio Browne Covarrubias y Enrique Browne Calvo, ambos domiciliados Los Conquistadores 2.461, Providencia, Región Metropolitana, acuerdan texto refundido sociedad de responsabilidad limitada. (i) Razón social: Asesoría e Inversiones E.B. Limitada. (ii) Objeto: a) Inversión en bienes raíces y muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades, bonos, debentures, títulos de crédito; la explotación en cualquiera de sus formas de bienes raíces agrícolas y no agrícolas; b) La prestación de asesorías profesionales de cualquier especie, el desarrollo de proyectos de arquitectura, en general, la prestación de todo tipo de servicios comerciales, industriales, agrícolas o de otro carácter; c) el desarrollo de proyectos de arquitecta urbanismo, construcciones, diseño y paisajismo; d) En general la realización de cualquiera actividad civil, comercial o industrial relacionada o no con las anteriores que los socios acuerden. (iii) Domicilio: Comuna de Zapallar, Región Valparaíso, sin perjuicio de las agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Capital: $11.000.000.- totalmente pagado por los socios y se distribuye de la siguiente manera: a) don Enrique Julio Browne Covarrubias, con derechos equivalentes al 85% del capital social; y b) don Enrique Browne Calvo, con derechos equivalentes al 15% del capital social. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponde a don Enrique Julio Browne Covarrubias en forma individual con amplias facultades indicadas en estatutos. En caso de ausencia o impedimento de don Enrique Julio Browne Covarrubias, lo que no será necesario acreditar frente a terceros, representarán a la Sociedad don Enrique Browne Calvo, quien actuará conjuntamente con don Patricio Browne Covarrubias con facultades indicadas en estatutos. Duración: 10 años a contar de esta fecha, plazo que se entenderá renovado en forma automática, por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en conformidad escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 28 octubre 2020.