AGRÍCOLA LOS AROMOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de enero de 1991
- Notario
- MARÍA VIVIANA FIGUEROA JIMENEZ
- Domicilio
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA VIVIANA FIGUEROA JIMENEZ, Notario Público Interino de Santiago, con oficio en Lo Barnechea, Avenida La Dehesa número mil cuatrocientos cincuenta, Local quince A dos, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí: José María Salcedo Garcia-Huidobro, Carmen Eliana Campino Edwards, José María Salcedo Campino, Javier Salcedo Campino, Rodrigo José Salcedo Campino y Andrés José Salcedo Campino, todos domiciliados en calle Los Juglares número 4047, comuna de Lo Barnechea, Santiago, modificaron “AGRÍCOLA LOS AROMOS LIMITADA”. Se desvincula de la sociedad por decisión voluntaria don RODRIGO JOSE SALCEDO CAMPINO, quien vende, cede y transfiere el quince por ciento de sus derechos en la sociedad AGRÍCOLA LOS AROMOS LIMITADA, a José María Salcedo García-Huidobro y a doña es Carmen Eliana Campino Edwards, es decir unos siete comas cincuenta por ciento a cada uno de ellos, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí en la suma total de $11.907.000.-, es decir $5.953.500.- cada uno que se pagará en el plazo de 10 años, a contar de esta fecha. Modifican clausula QUINTA de estatutos sociales, cuya redacción queda como sigue:” QUINTO: Por este acto los socios vienen en modificar la clausula sexta de los estatutos sociales, cuyo texto queda como sigue: “SEXTA: El capital social es la suma de setenta y nueve millones trescientos ochenta mil pesos que los socios han aportado y enterado íntegramente en la caja social con anterioridad a esta fecha de la siguiente forma: JOSE MARIA SALCEDO GARCIA-HUIDOBRO, aporta la suma de veintiún millones ochocientos veintinueve mil quinientos pesos equivalentes al veintisiete coma cincuenta por ciento de los derechos sociales; CARMEN ELIANA CAMPINO EDWARDS aporta la suma de veintiún millones ochocientos veintinueve mil quinientos pesos equivalentes al veintisiete coma cincuenta por ciento de los derechos sociales; JOSE MARIA SALCEDO CAMPINO, JAVIER SALCEDO CAMPINO y ANDRES JOSE SALCEDO CAMPINO aportan cada uno de ellos la suma de once millones de pesos, equivalentes a cada uno de ello al quince por ciento de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes” Modifican clausula séptima de los estatutos sociales relativa a la administración y uso de la razón social por la siguiente: “SEPTIMO: La representación, administración y uso de la razón social corresponderá a los socios José María Salcedo García-Huidobro y a Carmen Eliana Campino actuando en forma conjunta o separadamente. En caso de fallecimiento de ambos administradores, la administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá a los socios José María Salcedo Campino, Javier Salcedo Campino y Andrés José Salcedo Campino, quienes actuarán conjuntamente dos cualesquiera de ellos, con todas las facultades indicadas en la escritura pública de constitución de sociedad de fecha 08/01/1991, otorgada en la Notaría de Santiago de don René Benavente Cash”. En lo no modificado continúan vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de octubre de 2020.