WATSON & HERNANDEZ CAPACITACION LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 1994
- Notario
- ante doña Elba Sanhueza Muñoz
- Oficio
- Trigésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Providencia don Fernando Celis Urrutia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFernando Celis Maggi, Abogado, Notario de Santiago, Suplente del Notario Titular de la Segunda Notaría de Providencia don Fernando Celis Urrutia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, don JORGE ENRIQUE WATSON DONOSO, domiciliado en calle Los Espinos número tres mil trescientos veinte y nueve, depto. 106, comuna de Macul, Santiago; doña MARCELA PAZ HERNÁNDEZ SOLER, domiciliada en calle Enrique Olivares número mil quinientos sesenta y dos, comuna de La Florida, Santiago; y don CÉSAR EDUARDO ROMERO CERÓN, domiciliado en calle San Josemaría Escrivá de Balaguer número catorce mil setecientos trece, depto. 12 A, comuna de Lo Barnechea, Santiago; modifican la sociedad de responsabilidad limitada denominada “WATSON & HERNANDEZ CAPACITACION LIMITADA”, la que fue constituida por escritura pública de fecha 04 de Marzo de 1994, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, su extracto fue inscrito en el Registro de Comercio de Santiago a fojas seis mil ochocientos trece número cinco mil seiscientos cuatro del año 1994 y publicado en el Diario Oficial del día 20 de abril del mismo año. La sociedad fue modificada con fecha 22 de Agosto de 2006, ante doña Elba Sanhueza Muñoz, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Segunda Notaría de Santiago, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 34390 N° 24163 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2006.- Modificación consiste: Doña Marcela Paz Hernández Soler, vende, cede y transfiere el 10% de los derechos totales de la sociedad, y de los cuales es dueña, a don César Eduardo Romero Cerón, quien los compra acepta y adquiere para sí, en precio y condiciones fijados en escritura extractada.- En consecuencia, quedan como únicos y actuales socios de la compañía don Jorge Enrique Watson Donoso, con un 90% del capital social y don César Eduardo Romero Cerón, con un 10% del capital social.- Los actuales socios acuerdan modificar la cláusula Segunda del pacto social primitivo, en el sentido que se sustituye el objeto social por el siguiente: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de asesoría, estudio, consulta, evaluación y ejecución de proyectos en los campos de administración de empresas, agroindustria y comercio exterior y la capacitación laboral en toda su extensión, pudiendo hacerlo ante instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales; y, en general, toda clase de actividades relacionadas o no y que acuerden los socios. Del mismo modo, los socios acuerdan modificar la cláusula Tercera del pacto original sustituyendo la razón social de la sociedad por la siguiente: Watson & Consultores, Asesorías y Gestión Limitada. Como consecuencia de lo anterior, el texto de la cláusula tercera del estatuto social queda del siguiente modo: “TERCERO: La razón social será “WATSON & CONSULTORES, ASESORIAS Y GESTION LIMITADA”. Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, entidades financieras y toda clase de instituciones y organismos, públicos, privados o mixtos, con el nombre de fantasía de “WATSON CONSULTORES LTDA.”. En lo no modificado, se confirma y mantiene el estatuto social primitivo y sus modificaciones.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 19 de octubre del año 2020.-