CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS MÉDICOS SAN VICENTE SpA

CVE 1838774

Instrumento

Sin información de instrumento parseada en esta publicación.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS POZA MALDONADO, Notario de Santiago, Avda. Vitacura 6844 Vitacura, certifico que por escritura de hoy ante mí, ACCIONISTA: don JORGE HERNÁN MIRANDA YÁÑEZ, domiciliado para estos efectos en Las Hualtatas 11.505, departamento 806, comuna de Vitacura, constituyó una sociedad por acciones denominada SERVICIOS MÉDICOS SAN VICENTE SpA. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o representaciones que la Sociedad pudiere establecer en otros puntos del país o del extranjero. La Sociedad tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos Estatutos establezcan. El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios médicos, consultas médicas, atención de urgencia, cirugía hospitalaria a clínicas privadas, centros médicos y toda otra institución de salud. b) Consultoría y asesoramiento en materias de salud de toda índole y que abarque la atención al paciente de manera integral, prestación de servicios de toda clase de especialidades en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios de Fondo Nacional de salud o lnstitutos de salud previsional o Servicios de Bienestar. c) Compra, venta, importación, exportación, distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, insumos, equipos e instrumental destinados al área de la salud. d) Las asesorías, capacitaciones, charlas, seminarios, clases magistrales, cursos, diplomados, en las áreas de las especialidades indicadas. Las actividades económicas derivadas del objeto social podrán efectuarla personalmente, por la sociedad, en asociación, o coparticipación con terceros sean estas personas naturales o jurídicas. Los socios podrán realizar cualquier acto relacionado con el objeto de la sociedad y cualquier acto distinto, si lo hacen de común acuerdo. Para los efectos antes expuestos podrán realizar todas las actividades y celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales e) En general, la realización de todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el giro social antes indicado. Para la consecución de cada uno de los fines descritos, podrá actuar por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro del territorio de la República de Chile. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, el que se divide en mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal. Correspondiéndole al constituyente don JORGE HERNAN MIRANDA YAÑEZ, la cantidad de mil acciones nominativas que representa el cien por ciento del capital social, suscritas y pagadas. La administración, el uso del nombre o razón social y su representación corresponderá a don Jorge Hernán Miranda Yáñez.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, Octubre 22 de 2020.