MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PRO-MOTION LIMITADA

RUT 76113793-K CVE 1839233
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de octubre de 2020
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
42ª. Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, abogado, Notario Público Titular de la 42ª. Notaría de Santiago, Agustinas 1070 2° piso, certifica: Por escritura de fecha 02 de octubre de 2020 otorgada ante mí, EDGARDO ULISES CARVAJAL PURIN, Cónsul Poinsett 4713, Quinta Normal y NATALIA MARLENE CARVAJAL ALFARO, Avenida José Pedro Alessandri 61 departamento 15112, Ñuñoa, sanean escritura de la sociedad denominada PRO-MOTION LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 11 de Mayo de 2010, Notaría de Santiago de Félix Jara Cadot, rut N°76.113.793-k, inscrita a fojas 24178 N°16578 Registro Comercio Santiago año 2010, sufriendo sus estatutos una modificación, la que fue inscrita y publicada conforme a Derecho, siendo sus actuales socios Edgardo Ulises Carvajal Purín y Natalia Marlene Carvajal Alfaro, con 90% y 10% del capital y participación social, respectivamente y su capital actual es de $1.000.000.- SANEAMIENTO VICIO DE NULIDAD ADSOLUTA: En escritura de constitución de sociedad, tanto en la cláusula segunda relativa a la razón social como en el extracto inscrito, se indicó como nombre o razón social la de PRO-MOTION LIMITADA, lo que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 19499 vienen en sanear la escritura de constitución de sociedad y el extracto de la misma, otorgada por escritura pública de fecha 11 de Mayo del año 2010 en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot y la modificación de la sociedad y extracto de la misma, otorgada por escritura pública de 2 de agosto de 2012, en notaría de Santiago de doña María Gloria Acharan Toledo, en el sentido de señalar que el nombre o razón social será CARVAJAL Y COMPAÑÍA LIMITADA, nombre con el cual podrá actuar inclusive en instituciones y bancos de conformidad al artículo cuatro de la ley 3918, sin perjuicio de poder utilizar además el nombre de fantasía de PRO-MOTION LTDA. MODIFICACION DE LA SOCIEDAD Edgardo Ulises Carvajal Purín, dueño del 90% del capital total, vende, cede y transfiere, parte de sus derechos sociales, los que ascienden al 30% del capital social, a Natalia Marlene Carvajal Alfaro, en $300.000 dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión de derechos sociales que da cuenta la cláusula anterior, a contar de esta fecha, quedan como socios de la sociedad “CARVAJAL Y COMPAÑÍA LIMITADA" don Edgardo Ulises Carvajal Purín, con el 60% y Natalia Marlene Carvajal Alfaro, con el 40% de participación social, respectivamente. Actuales socios Natalia Marlene Carvajal Alfaro y Edgardo Ulises Carvajal Purín, vienen en este acto en modificar la cláusula sexta de la modificación de los estatutos sociales por la siguiente: "SEXTA”: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a doña Natalia Marlene Carvajal Alfaro y/o a don Edgardo Ulises Carvajal Purín, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades de administración y toma de decisiones, quedando facultados para ejecutar entre otros, los actos y contratos enumerados en la cláusula quinta de los estatutos sociales. Asimismo, modifican cláusula tercera de los estatutos sociales por la siguiente: "TERCERA”: el giro de la sociedad será instrucción, capacitación, asesorías profesionales, clases particulares, venta, importaciones y exportaciones de artículos deportivos al por mayor y menor, venta de maquinaria e insumos, aseo y mantención, producción de eventos deportivos, venta de suplementos alimenticios, venta de prendas de vestir y accesorios, venta implementos para camping y jardinería, venta de juguetes y juegos infantiles, venta de implementos kinésicos e insumos médicos y en general todos los actos de comercio que los socios acuerden que digan relación con el giro social. En todo lo no modificado en el presente instrumento se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social y sus modificaciones, quedando siempre limitada la responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras menciones constan escritura extractada.- Capital social: $1.000.000.- Santiago, 23 de octubre de 2020.-