MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Comercial Canadá SpA

RUT 76355360-4 CVE 1839355
Capital
$170.169 CLP
Fecha instrumento
15 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de octubre de 2020
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$170.169 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública otorgada con fecha 15 de octubre de 2020, ante mí, Inversiones Panguipulli SpA, en su calidad de único y actual accionista, y Alejandro Irarrázabal Ureta, Luz Macarena Aresti Rodríguez, Luz Irarrázabal Aresti, Pedro Irarrázabal Aresti y Alejandro Irarrázabal Aresti, quienes ingresan como accionistas a la sociedad producto del aumento de capital que se indica a continuación, modificaron sociedad Comercial Canadá SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 19.004 número 14.313 en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2004, acordando: 1) aumentar capital social desde la suma de $170.169.240 dividido en 720.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la suma de $659.769.240 dividido en 7.248.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, esto es, en la cantidad de $489.600.000, a través de la emisión de 6.528.000 nuevas acciones de pago, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se suscribieron en el mismo acto y se pagarán dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de escritura extractada. En consecuencia, se reemplazó el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de seiscientos cincuenta y nueve millones setecientos sesenta y nueve mil doscientos cuarenta pesos dividido en siete millones doscientos cuarenta y ocho mil acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho de conformidad con la ley. Las acciones podrán pagarse en dinero o en otros bienes, y se han suscrito y pagado en la forma que establece el Artículo Primero Transitorio. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Ninguno de los accionistas, ni sus sucesores o cesionarios, podrán vender, ceder, gravar, transferir o enajenar, directa o indirectamente, sus acciones o derechos de opción preferente en la sociedad, sin la autorización previa por escrito de los demás accionistas, salvo en la forma y en cumplimiento de los términos y condiciones que se establecen en los presentes estatutos.”; y se sustituyeron los artículos séptimo permanente y primero transitorio de los estatutos sociales, que no se extractan por no ser materia de éste. 2) Modificar la administración de la Sociedad, reemplazando los artículos Octavo, Noveno y Décimo permanentes de los estatutos sociales, que no se extractan por no ser materia de éste. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. - Santiago, 23 de octubre de 2020.