CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ANSOLEAGA CIRUGIA EQUINA SpA

CVE 1839348
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
2 de octubre de 2020
Notaría
Rancagua don
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
2 de octubre de 2020
Comuna
Rancagua don

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la “sociedad” es la ciudad de Rancagua
Duración
Indefinida

Objeto social

a) la prestación de servicios y atención médica veterinaria integral; b) compra y venta, importación, exportación de equipos y partes de equipos de uso médico dentro y fuera del país; c) asesoría y prestación de servicio técnico; d) compra, venta, importación y exportación de insumos de uso veterinario; e) representación de empresas en el ámbito veterinario; f) prestación de servicios de radiografía, exámenes, laboratorio clínico, ecografías y relacionados; g) peluquería equina y canina; h) la comercialización de productos de farmacia veterinaria; i) prestación de servicios de hotelería animal; j) prestación de servicios de adiestramiento; k) prestación de servicios de docencia, capacitación y talleres en el ámbito veterinario; l) la comercialización, importación, exportación, fabricación, distribución, arriendo de todo tipo de bienes y productos; m) comisionista; y en general todos los actos de comercio y)o cualquier actividad relacionada o no con el giro que socios acuerden, sin limitación alguna

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Suplente del Titular 2º Notaría Rancagua don JAIME BERNALES VALENZUELA, con oficio en Bueras 359 Of. 102, certifica: Por escritura de hoy, Rep. N°4455-2020, ante mí, doña CARMEN VERONICA PEREZ VERGARA, cédula de identidad N°6544346-5, y don NICOLAS ANSOLEAGA PEREZ, cédula de identidad N°16209585-4, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Alberto Einstein número 1055, Comuna de Rancagua, constituyeron Sociedad por Acciones: Razón Social: “ANSOLEAGA CIRUGIA EQUINA SpA”, nombre de fantasía “EQUIBETTER SpA”. Domicilio: El domicilio de la “sociedad” es la ciudad de Rancagua, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero. Vigencia: La “sociedad” tendrá una duración indefinida. Objeto: a) la prestación de servicios y atención médica veterinaria integral; b) compra y venta, importación, exportación de equipos y partes de equipos de uso médico dentro y fuera del país; c) asesoría y prestación de servicio técnico; d) compra, venta, importación y exportación de insumos de uso veterinario; e) representación de empresas en el ámbito veterinario; f) prestación de servicios de radiografía, exámenes, laboratorio clínico, ecografías y relacionados; g) peluquería equina y canina; h) la comercialización de productos de farmacia veterinaria; i) prestación de servicios de hotelería animal; j) prestación de servicios de adiestramiento; k) prestación de servicios de docencia, capacitación y talleres en el ámbito veterinario; l) la comercialización, importación, exportación, fabricación, distribución, arriendo de todo tipo de bienes y productos; m) comisionista; y en general todos los actos de comercio y/o cualquier actividad relacionada o no con el giro que socios acuerden, sin limitación alguna. Capital Social: El capital de la sociedad es de Un Millón de pesos dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales son suscritas y pagadas en su totalidad por los comparecientes del siguiente modo: a) doña CARMEN VERONICA PEREZ VERGARA, con $500.000 en el acto y al contado; y b) don NICOLAS ANSOLEAGA PEREZ con $500.000 en el acto y al contado. Administración y uso razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don NICOLAS ANSOLEAGA PEREZ, chileno, casado y separado de bienes, veterinario, cédula de identidad N° 16209585-4, quien, anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición sin limitación alguna en todos actos relativos a su objeto o giro ordinario. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Demás estipulaciones escritura extractada. Rancagua, 02 de octubre de 2020.-