CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

ANDRÉS DE LA FUENTE VALDÉS COMERCIALIZACIÓN DE MADERAS, SERVICIO DE ASERRADERO Y ACEPILLADURA EMPRESA INDIVIDUAL RESPONSABILIDAD LIMITADA

CVE 1839154
Capital
$73.184.770 CLP
Duración
Definida

Instrumento

Notario
ÁLVARO GONZALO MERA CORREA
Domicilio
las comunas de Constitución y Empedrado

Sociedad

Capital
$73.184.770 CLP
Domicilio
Constitución
Duración
La empresa empezará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno

Objeto social

efectuar toda clase de servicios en la comercialización de madera ya sea en bruto y)o producto terminado, a cambio de una retribución; así como realizar los servicios de aserrado y cepilladura de la madera, y también cualquier otra actividad que estime pertinente y que esté dentro del rubro antes señalado.- En general “la empresa” podrá efectuar todos los actos y contratos que se relacione directa o indirectamente con sus fines empresariales, todo ello dentro del marco de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes

Administración

El uso del nombre, la representación y la administración de la empresa corresponderá al constituyente, quien anteponiendo a su firma el nombre de la empresa la representará con las más amplias facultades y podrá obligar y representar a la empresa judicial y extrajudicialmente, en toda clase de actos, contratos o declaraciones, ante cualquier persona, con todas las facultades de administración y disposición

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZALO MERA CORREA, Abogado, Notario Público Titular de las comunas de Constitución y Empedrado, con oficio en O’Higgins, Número cuatrocientos noventa y nueve A esta comuna, certifica que: por escritura pública de fecha 26 de octubre del presente año, ante mí, don ANDRÉS ANTONIO DE LA FUENTE VALDÉS, chileno, soltero, 58 años domiciliado para estos efectos en sector San Ramón, kilómetro catorce, parcela número ciento cuarenta y tres, Comuna de Constitución, Región del Maule mayor de edad, constituyó empresa individual de responsabilidad limitada. Nombre: “ANDRÉS DE LA FUENTE VALDÉS COMERCIALIZACIÓN DE MADERAS, SERVICIO DE ASERRADERO Y ACEPILLADURA EMPRESA INDIVIDUAL RESPONSABILIDAD LIMITADA” y/o “ANDRÉS DE LA FUENTE COMERCIALIZACIÓN DE MADERAS, SERVICIO DE ASERRADERO Y ACEPILLADURA E.I.R.L.-”. Objeto: efectuar toda clase de servicios en la comercialización de madera ya sea en bruto y/o producto terminado, a cambio de una retribución; así como realizar los servicios de aserrado y cepilladura de la madera, y también cualquier otra actividad que estime pertinente y que esté dentro del rubro antes señalado.- En general “la empresa” podrá efectuar todos los actos y contratos que se relacione directa o indirectamente con sus fines empresariales, todo ello dentro del marco de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes. Domicilio. Constitución, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca tanto en el país como en el extranjero. Duración. La empresa empezará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno. Capital: $73.184.770.- (setenta y tres millones ciento ochenta y cuatro mil setecientos setenta pesos), los cuales se ingresan con el aporte que don ANDRÉS ANTONIO DE LA FUENTE VALDÉS realiza a la empresa de los siguientes bienes: A) MAQUINARIA INDUSTRIAL TIPO SKIDDER, marca JOHN DEERE, B) CAMIÓN marca VOLKSWAGEN, C) CAMIONETA, marca KIA MOTORS, D) bus marca MERCEDES BENZ. Constituyente limita su responsabilidad al monto del aporte. Administración. El uso del nombre, la representación y la administración de la empresa corresponderá al constituyente, quien anteponiendo a su firma el nombre de la empresa la representará con las más amplias facultades y podrá obligar y representar a la empresa judicial y extrajudicialmente, en toda clase de actos, contratos o declaraciones, ante cualquier persona, con todas las facultades de administración y disposición. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Constitución, 27 de octubre del 2020.-