INVERSIONES LAS BRISAS SpA
Instrumento
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de cinco años, a contar de la fecha de la presente escritura, y se renovará automáticamente, por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término por medio de una declaración por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social con a lo menos tres meses de anticipación a la fecha en que expire el plazo o su prórroga, y su disolución ocurrirá en los casos previstos en estos estatutos y/ o por las leyes
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a un administrador designado por escritura pública por los accionistas titulares
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Titular de la 34º Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda número 359, certifico que por escritura pública de fecha 13 de octubre del 2020, ante mí, comparece don RODRIGO ANDRÉS VALENZUELA TAPIA, cédula nacional de identidad Nº 20.121.790-3, con domicilio en Las Cortezas Poniente Nº1602, casa B, de la comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien expone que constituye en este acto una sociedad por acciones bajo el nombre de “INVERSIONES LAS BRISAS SpA”. DOMICILIO. La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los establecimientos y las agencias que instalen en el resto del país o en el extranjero. OBJETO SOCIAL. La sociedad tendrá por objeto: a) a) La producción, elaboración, facción por terceros, envasado al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales; b) La compraventa, importación y exportación de toda clase de alimentos o de productos que sirven, en la actualidad o sirvan, en el futuro, para el consumo humano, especialmente frutas, verduras, gramíneas, farináceos, y productos industriales no naturales; productos cárneos, leche, queso, huevos, yogur, quesillos y otros lácteos, productos líquidos; helados y todo otro producto de la tierra, de lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirva de alimento, incluyendo conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, en polvo, en jarabe o líquidos listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces; y cualquiera otra clase de alimentos que se conocen, en la actualidad, o existan en el futuro, para el hombre y/o los animales y todo lo relacionado, en cualquiera forma, con el ramo alimenticio; c) El transporte de mercaderías relacionadas con el rubro alimenticio o abarrotes; d) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, sean corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, sean comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, cualquier tipo de negocio en el mercado de capitales, pudiendo vender dichos bienes, darlos en arrendamiento o usufructo o cualquier otra cesión del uso y goce, la inversión en todo tipo de créditos, efectos públicos y valores mobiliarios, y en general toda clase de documentación negociable; e) Adquirir o enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; f) Explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; g) Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; h) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; i) Asesoría en la realización de todo tipo de estudios y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico, en la inversión de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, evaluación de proyectos, prestación de servicios y comisiones. Y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho u cualquier otro negocio que acordaren los socios. DURACION. La sociedad tendrá una duración de cinco años, a contar de la fecha de la presente escritura, y se renovará automáticamente, por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término por medio de una declaración por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social con a lo menos tres meses de anticipación a la fecha en que expire el plazo o su prórroga, y su disolución ocurrirá en los casos previstos en estos estatutos y) o por las leyes. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a un administrador designado por escritura pública por los accionistas titulares. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 dividido en 10 acciones, nominativas, de única serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado en este acto. Demás estipulaciones en escritura extractada Santiago, 21 de octubre del 2020.-