MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Inmobiliarias Cosuto Limitada

RUT 77088287-7 CVE 1837874
Fecha instrumento
31 de agosto de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de agosto de 2020
Repertorio
12712/2020
Comuna
Santiago

Objeto social

La Sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PAULA ANDREA LUNA SÁEZ, Notario Reemplazante, de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 31 de Agosto de 2020, Repertorio N° 12.712 / 2020, otorgada ante la titular, el señor Luis José Garreaud Gana, en representación de la sociedad Asesorías El Gabino Limitada, domiciliados en Avenida Padre Ted Huard número cuatro mil ciento cuarenta y cinco, Casa i, Comuna de Lo Barnechea, Santiago; el señor Juan Carlos Eyzaguirre Echeñique, en representación de Inversiones e Inmobiliaria Eyzaco Limitada, domiciliados en Avenida Bernardo Larrain número doce mil setenta y dos, Comuna de Lo Barnechea, Santiago; y, el señor Antonio Ortúzar Vicuña, en representación de Inversiones Camino La Viña Limitada, domiciliados en Camino La Viña número doce mil doscientos setenta y cinco, comuna de Las Condes, Santiago; en su calidad de únicos y actuales de Inversiones Inmobiliarias Cosuto Limitada (en adelante la Sociedad), acordaron lo siguiente: (i) Aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de quince millones de pesos a la suma de ciento treinta y dos millones quinientos setenta mil novecientos cincuenta pesos, esto es, incrementando el capital social en la suma de ciento diecisiete millones quinientos setenta mil novecientos cincuenta pesos; y, (ii) Transformar la Sociedad en una sociedad por acciones. Como consecuencia de la transformación y aumento de capital previamente señalada, se reemplazaron íntegramente los estatutos de la Sociedad, por los siguientes: "Accionistas concurrentes: Asesorías El Gabino Limitada, Inversiones e Inmobiliaria Eyzaco Limitada y Inversiones Camino La Viña Limitada. Razón social: El nombre de la sociedad por acciones es Inversiones Inmobiliarias Cosuto SpA. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: (a) la realización de inversiones en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, como también la administración de dichas inversiones y sus frutos; y (b) en general, cualquier otra actividad relacionada con las inversiones señaladas en la letra (a) precedente y que los accionistas acuerden. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de ciento treinta y dos millones quinientos setenta mil novecientos cincuenta pesos y se divide en tres mil acciones nominativas, ordinarias, de una sola y misma serie y sin valor nominal, las cuales son íntegramente suscritas, en este mismo acto, de la siguiente manera: a) Asesorías El Gabino Limitada, aportó la suma de cuarenta y cuatro millones ciento noventa mil trescientos dieciséis pesos, íntegramente pagado en arcas sociales, mediante capitalización de fondos aportados en cuenta corriente de la Sociedad, por el monto de doce millones de pesos y mediante la cesión del Contrato de Promesa, por un monto de treinta y dos millones ciento noventa mil trescientos dieciséis pesos; (b) Inversiones e Inmobiliaria Eyzaco Limitada, aportó la suma de cuarenta y cuatro millones ciento noventa mil trescientos diecisiete pesos, íntegramente pagado en arcas sociales, mediante capitalización de fondos aportados en cuenta corriente de la Sociedad, por el monto de doce millones de pesos y mediante la cesión del Contrato de Promesa, por un monto de treinta y dos millones ciento noventa mil trescientos diecisiete pesos; y, (c) Inversiones Camino La Viña Limitada, aportó la suma de cuarenta y cuatro millones ciento noventa mil trescientos diecisiete pesos, íntegramente pagado en arcas sociales, mediante capitalización de fondos aportados en cuenta corriente de la Sociedad, por el monto de doce millones de pesos y mediante la cesión del Contrato de Promesa, por un monto de treinta y dos millones ciento noventa mil trescientos diecisiete pesos.". Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. P.A. Luna S. Notario Suplente. Santiago, 23 de Octubre de 2020.