SOCIEDAD URBECORP INMOBILIARIA E INVERSIONES SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de octubre de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Objeto social
La inversión de dineros y)o valores en bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, tales como acciones, promesas u opciones de acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y)o capitalización, cuotas o derechos en todo tipo de Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, ya sean comerciales o civiles; y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios y las ganancias que de las mismas inversiones se deriven. La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en relación con cualquier clase de bienes. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá realizar cualquier negocio relacionado directamente con esta. La Sociedad podrá, asimismo, constituir, adquirir o integrar como asociada, socio, accionista o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero y que persigan fines que se relacionen directamente con su propio giro; realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer toda clase de obligaciones convenientes o necesarias para el cumplimiento de sus fines. La adquisición, enajenación y)o explotación de bienes raíces, sean bienes raíces urbanos o rurales; el loteo y urbanización por cuenta propia o ajena, de terrenos urbanos o rurales, y la construcción de edificios de cualquier especie, en estos u otros bienes por cuenta propia o ajena; la prestación de toda clase de servicios y asesorías en materias y negocios inmobiliarios, pudiendo asesorar, proyectar, planificar, organizar, dirigir y administrar todo tipo de obras. La realización de inversiones en toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales; la planificación, desarrollo y ejecución de loteos, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos, recreacionales o sociales y de toda clase de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, arrendamiento y la comercialización en general de toda clase de bienes inmuebles o de derechos en ellos y el desarrollo y promoción, por cuenta propia o ajena, de negocios inmobiliarios; la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento y de uso de condominios; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden, dentro y fuera de Chile. Igualmente, la sociedad podrá dedicarse a toda otra actividad que acuerden los socios, sin necesidad que dicho acuerdo conste por escrito. Para el cumplimiento del objeto social podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Abogado, Notario Suplente de doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161, Entrepiso, certifica:- Por escritura de fecha 20 de Octubre de 2020, ante Mi, compareció: -don EDUARDO ALFREDO DURÁN SALINAS, constituyó una sociedad por acciones.- Nombre: SOCIEDAD URBECORP INMOBILIARIA E INVERSIONES SpA, nombre de fantasía INMOBILIARIA URBECORP SpA.- Objeto: La inversión de dineros y/o valores en bienes muebles, sean estos corporales o incorporales, tales como acciones, promesas u opciones de acciones, bonos, debentures, cuotas o planes de ahorro y/o capitalización, cuotas o derechos en todo tipo de Sociedades de personas o de cualquier otra naturaleza, ya sean comerciales o civiles; y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la administración de las mismas inversiones; y la percepción de los beneficios y las ganancias que de las mismas inversiones se deriven. La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en relación con cualquier clase de bienes. Para el cumplimiento del objeto social, la Sociedad podrá realizar cualquier negocio relacionado directamente con esta. La Sociedad podrá, asimismo, constituir, adquirir o integrar como asociada, socio, accionista o en cualquier otra forma, empresas, sociedades o asociaciones e instituciones de cualquier especie, tanto en Chile como en el extranjero y que persigan fines que se relacionen directamente con su propio giro; realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y contraer toda clase de obligaciones convenientes o necesarias para el cumplimiento de sus fines. La adquisición, enajenación y/o explotación de bienes raíces, sean bienes raíces urbanos o rurales; el loteo y urbanización por cuenta propia o ajena, de terrenos urbanos o rurales, y la construcción de edificios de cualquier especie, en estos u otros bienes por cuenta propia o ajena; la prestación de toda clase de servicios y asesorías en materias y negocios inmobiliarios, pudiendo asesorar, proyectar, planificar, organizar, dirigir y administrar todo tipo de obras. La realización de inversiones en toda clase de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales; la planificación, desarrollo y ejecución de loteos, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos, recreacionales o sociales y de toda clase de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, arrendamiento y la comercialización en general de toda clase de bienes inmuebles o de derechos en ellos y el desarrollo y promoción, por cuenta propia o ajena, de negocios inmobiliarios; la gestión de corretaje de propiedades, de arrendamiento y de uso de condominios; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden, dentro y fuera de Chile. Igualmente, la sociedad podrá dedicarse a toda otra actividad que acuerden los socios, sin necesidad que dicho acuerdo conste por escrito. Para el cumplimiento del objeto social podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital.- Capital: $5.000.000, dividido en 5.000.000 de acciones iguales, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas por accionista constituyente, pagando en acto firma escritura $1.000.000, al contado y en dinero en efectivo, y el saldo de $4.000.000, el accionista deberá enterarlos en el plazo de 3 años a contar de la firma de escritura.- Otras cláusulas constan en escritura que extracto.- SANTIAGO, 21 de Octubre de 2.020.