MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PI SpA

RUT 76455112-5 CVE 1836770
Capital
$120.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de octubre de 2020
Notario
Iván Torrealba Acevedo
Oficio
Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$120.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 18.046.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Iván Torrealba Acevedo, notario público de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 05 de Octubre de 2020, ante mí, don Tomás Velasco Weber, don Cristián Andrés Velasco Weber, don Pablo Andrés Eyzaguirre Velasco y don Ignacio Lagos Valdivieso, como únicos accionistas, según consta en el Registro de Accionistas de la compañía, acordaron modificar la sociedad denominada PI SpA, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando a fojas 11, número 10 del año 2017, como sigue: A) Se aumentó el capital de la compañía en los términos indicados en la escritura extractada. El capital de la compañía es la suma de $120.000.000, dividido en 3.170 acciones iguales, de una misma serie y sin valor nominal, de las cuales $112.000.000 representados por 2.790 acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas; B) Asimismo, se acordó modificar el Artículo Primero de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “PRIMERO: La sociedad se denominará PI SpA, y tendrá su domicilio en San Fernando, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero, y durará indefinidamente. La sociedad podrá también ser designada por las siglas “Pool Inmobiliario”, el que será su nombre de fantasía, con los mismos efectos que al usar su razón social completa, inclusive ante los Bancos e instituciones financieras, y en general frente a cualquier persona, autoridad, servicio o entidad de todo orden”; y C) Por último, se modificaron los Artículos Sexto y Séptimo en el sentido de establecer que la sociedad será administrada por un directorio que estará compuesto por 5 miembros quienes serán designados conforme a las reglas generales establecidas en la Ley de Sociedades Anónimas y estarán dotados de todas las facultades necesarias para su mandato incluyendo las conferidas a directores de sociedades anónimas en virtud de la Ley 18.046. Otras modificaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. La escritura quedó incorporada en mi protocolo previa anotación en el Libro Repertorio bajo el número 17.707/2020. Santiago19 de octubre de 2020. IVAN TORREALBA ACEVEDO. Notario Público.