PAULO CESAR ORDENES WILLIAMS CORREDOR DE PROPIEDADES E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 21 de octubre de 2020
- Notario
- ANDRES CUEVAS OSSANDON
- Domicilio
- Luis Uribe Nº330
Sociedad
- Domicilio
- Iquique
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.857
Objeto social
El objeto de la empresa será la intermediación o corretaje en operaciones de compra, venta y arrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles y bienes raíces rústicos o urbanos; y cualquier otra actividad conexa o complementaria con las anteriores que la empresa determine realizar
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES CUEVAS OSSANDON, Notario Público, Luis Uribe Nº330, Iquique; Certifico: Que por escritura pública otorgada ante mi suplente don David Toro Iglesias con fecha 21 de octubre del año 2020, PAULO CÉSAR ÓRDENES WILLIAMS, chileno, soltero, corredor de propiedades, 34 años de edad, cédula de identidad número dieciséis millones trescientos cuarenta y nueve mil ochocientos noventa y dos guion ocho, domiciliado en calle Bolívar número trescientos cincuenta y cuatro oficina trescientos uno, Edificio Humberstone, comuna de Iquique,, constituyó empresa individual de responsabilidad limitada, conforme a la Ley Nº 19.857, bajo el nombre de PAULO CESAR ORDENES WILLIAMS CORREDOR DE PROPIEDADES E.I.R.L.”., nombre de fantasía MW PROPIEDADES E.I.R.L.- OBJETO: El objeto de la empresa será la intermediación o corretaje en operaciones de compra, venta y arrendamiento de todo tipo de bienes inmuebles y bienes raíces rústicos o urbanos; y cualquier otra actividad conexa o complementaria con las anteriores que la empresa determine realizar. DOMICILIO: Iquique.- CAPITAL: El capital de la empresa corresponde a la suma de tres millones de pesos, que el constituyente entera y transfiere a la empresa en este acto, en dinero en efectivo.- ADMINISTRACIÓN Y USO DEL NOMBRE: La administración y el uso del nombre de la empresa corresponderá al titular de ella, don PAULO CESAR ORDENES WILLIAMS, quien actuando a nombre de la empresa y anteponiendo el nombre de ella a su firma, la representará y obligará con las más amplias facultades y sin restricción de ninguna especie en todo acto o contrato que ejecute. DURACIÓN: Indefinida a contar de esta fecha.- Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique 22 de octubre del año 2020. Doy Fe.