INVERSIONES LAS HIGUERAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de agosto de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de agosto de 2020, ante mí, Ronald Erwin Burckhardt Seydewitz, María Teresita Domínguez Rojas, Teresita María Burckhardt Domínguez, Magdalena María Burckhardt Domínguez, Ronald José Burckhardt Domínguez y Francisco Javier Burckhardt Domínguez, todos domiciliados para estos efectos en calle Camino del Misionero N° 9.463, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; modificaron la sociedad “INVERSIONES LAS HIGUERAS LIMITADA”, inscrita a fojas 28.861, número 17.162 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015. Las modificaciones consisten en: 1) Aumentar el capital social, actualmente ascendente a la suma de $10.000.000.-, en la suma de $2.500.000.-, con lo cual el capital de la sociedad quedará fijado en la suma de $12.500.000.-. Aumento íntegramente suscrito y que se paga y pagará por don Ronald José Burckhardt Domínguez y don Francisco Javier Burckhardt Domínguez, quienes por este acto se incorporan como nuevos socios, con el consentimiento de todos los comparecientes; 2) Con motivo de la modificación indicada, se reemplaza el Artículo Cuarto de los Estatutos Sociales de la siguiente manera: “CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de $12.500.000.-, que los socios han aportado, enterado y pagado de la siguiente forma: Uno) Don Ronald Erwin Burckhardt Seydewitz aporta la suma de $2.500.000.-, equivalentes al veinte por ciento del capital y derechos sociales, los que ha enterado con anterioridad a esta fecha; Dos) Doña María Teresita Domínguez Rojas aporta la suma de $2.500.000.-, equivalentes al veinte por ciento del capital y derechos sociales, los que ha enterado con anterioridad a esta fecha; Tres) Doña Teresita María Burckhardt Domínguez aporta la suma de $2.500.000.-, equivalentes al veinte por ciento del capital y derechos sociales, los que ha enterado con anterioridad a esta fecha; Cuatro) Doña Magdalena María Burckhardt Domínguez aporta la suma de $2.500.000.-, equivalentes al veinte por ciento del capital y derechos sociales, los que ha enterado con anterioridad a esta fecha; Cinco) Don Ronald José Burckhardt Domínguez aporta la suma de $1.250.000.-, equivalentes al diez por ciento del capital y derechos sociales, los que ha enterado con anterioridad a esta fecha; y, Seis) Don Francisco Javier Burckhardt Domínguez aporta la suma de $1.250.000.-, equivalentes al diez por ciento del capital y derechos sociales, los que ha enterado con anterioridad a esta fecha. Los socios dejan constancia que los porcentajes indicados son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la sociedad.”; 3) Modificar el objeto social, consistente en que los actuales y únicos socios de la Sociedad vienen en modificar el Artículo Segundo de los Estatutos Sociales, de manera de incorporar la siguiente frase “prestación de servicios de asesorías, administración y organización de empresas y asistencia técnica en general”; y 4) Con motivo de la modificación indicada, se reemplaza el Artículo Segundo de los Estatutos Sociales por el siguiente: “SEGUNDO: El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios de asesorías, administración y organización de empresas y asistencia técnica en general, como asimismo la realización de todo tipo de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos y todo tipo de títulos de crédito y efectos públicos y valores mobiliarios y, en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especia, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie. Finalmente, la realización de todos los actos y contratos que los socios acuerden, necesarios o conducentes para los objetos antes señalados”. Salvo por lo modificado, los estatutos de INVERSIONES LAS HIGUERAS LIMITADA quedan íntegramente vigentes. Responsabilidad de los socios limitada hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de octubre de 2020.