GEMAS Y MINERALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de octubre de 2020
- Repertorio
- 5479/2020
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de tres años a contar del cinco de Enero de mil novecientos ochenta y siete, y se entenderá renovada tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de tres años cada uno, salvo que algún socio manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública subinscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, lo que deberá hacer, en todo caso, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del plazo de la sociedad o de sus respectivas prorrogas, en su caso
Objeto social
la compra y venta de toda clase de libros, revistas, moldes, figurines, catálogos de modas, calendarios, tarjetas, cassettes, discos compactos, joyas, relojes, cristales de cuarzo y otras piedras semipreciosas en bruto y elaboradas, figuras de cristal, fantasía, colonias, perfumes, artículos para regalos y otras mercaderías que los socios acuerden en el futuro, y en general y cualquier otra actividad que los socios acuerden, se relacione o no con el objeto ya indicado
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Santiago, Titular Primera Notaría Providencia, Av. Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 9 de Octubre de 2020, ante mí, Repertorio N° 5479/2020, JOSE FRANCISCO TAPIA LOBOS; domiciliado en Echeñique 7261, La Reina, JORGE ABRAHAM VALENZUELA BAEZA, domiciliado en calle Longitudinal seis Nº 578, Independencia. doña RUTH IVONNE RIVAS RIVERA, domiciliada en calle Ongolmo 634, Cerrillos, y EXEQUIEL ANDRES PINO RIVAS, domiciliado en calle Ongolmo 634, Cerrillos, modificaron sociedad “GEMAS Y MINERALES LIMITADA”, Rut Nº 79.692.630-9, constituida escritura 5 de Enero de 1987, otorgada ante el Notario de Santiago doña María Gloria Acharán Toledo, inscrita fojas 4.478 N° 2.147 Registro Comercio de Santiago 1987, en siguientes aspectos: 1) JOSE FRANCISCO TAPIA LOBOS, se retira de la sociedad cediendo a RUTH IVONNE RIVAS RIVERA, el 95% de los derechos sociales en la suma de $950.000; 2) JORGE ABRAHAM VALENZUELA BAEZA, se retira de la sociedad cediendo a EXEQUIEL ANDRES PINO RIVAS, el 5% de los derechos sociales en la suma de $50.000. 3) Quedan como únicos socios RUTH IVONNE RIVAS RIVERA, con 95% de los derechos sociales, y EXEQUIEL ANDRES PINO RIVAS, con 5% de los derechos sociales; quienes acuerdan introducir las siguientes modificaciones al pacto social: 4) reemplazan cláusula tercera de los estatutos sociales estableciendo que la administración y uso razón social corresponderá a cualquiera de los socios separada e indistintamente. 5) reemplazan cláusula sexta de los estatutos sociales, por la siguiente: “SEXTA.- El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, que se entera, aporta y paga por los socios en la siguiente forma: a) Doña RUTH IVONNE RIVAS RIVERA, aporta un millón novecientos mil pesos, equivalente al noventa y cinco por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social, y b) don EXEQUIEL ANDRES PINO RIVAS, aporta cien mil pesos, equivalente al cinco por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social.” 6) acuerdan refundir los estatutos sociales, los que en extracto establecen que: doña RUTH IVONNE RIVAS RIVERA, domiciliada en calle Ongolmo 634, Cerrillos, y EXEQUIEL ANDRES PINO RIVAS, domiciliado en calle Ongolmo 634, Cerrillos, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto respectivos aportes, bajo razón social “GEMAS Y MINERALES LIMITADA”, y nombre de fantasía “WEIDNER Y COMPAÑÍA LIMITADA”. Objeto: la compra y venta de toda clase de libros, revistas, moldes, figurines, catálogos de modas, calendarios, tarjetas, cassettes, discos compactos, joyas, relojes, cristales de cuarzo y otras piedras semipreciosas en bruto y elaboradas, figuras de cristal, fantasía, colonias, perfumes, artículos para regalos y otras mercaderías que los socios acuerden en el futuro, y en general y cualquier otra actividad que los socios acuerden, se relacione o no con el objeto ya indicado. Domicilio: Santiago. Capital: El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, que se entera, aporta y paga por los socios en la siguiente forma: a) Doña RUTH IVONNE RIVAS RIVERA, aporta un millón novecientos mil pesos, equivalente al noventa y cinco por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social, y b) don EXEQUIEL ANDRES PINO RIVAS, aporta cien mil pesos, equivalente al cinco por ciento del capital social, ya ingresados en dinero efectivo en la caja social. Administración y uso razón social corresponderá a cualquiera de los socios en forma separada e indistintamente. Duración: La sociedad tendrá una duración de tres años a contar del cinco de Enero de mil novecientos ochenta y siete, y se entenderá renovada tácita y automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de tres años cada uno, salvo que algún socio manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública subinscrita al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio respectivo, lo que deberá hacer, en todo caso, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del plazo de la sociedad o de sus respectivas prorrogas, en su caso.- Santiago, 9 de Octubre de 2020. Rh.