Instrumento
- Fecha
- 22 de octubre de 2020
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) a) La construcción, elaboración, fabricación, reparación o remodelación, ejecución de viviendas y obras menores en general, por cuenta propia o de terceros, así como la urbanización y loteo de inmuebles propios o de terceros según contratos generales de construcción y en general de todo tipo de obras menores, incluyendo, moldajes, encofrado, estructuras metálicas, trabajos en agua potable, alcantarillado, aguas lluvias, pavimentaciones, albañilería, pintura, electricidad, tabiquería, sanitarios en general, gasfitería, demarcaciones y señalizaciones, entre otros actividades complementarias y)o relacionadas que el socio o dueño de la empresa determine; b) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; c) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; d) Constituir y)o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los accionista
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por don VÍCTOR ESTANISLAO OSES VALLEJOS y don OSCAR ANDREE GOMEZ BAEZA, accionistas ya individualizados, quien anteponiendo la razón social a sus firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, Certifica: Por escritura pública suscrita con fecha 22/10/2020, ante mí, Don VICTOR ESTANISLAO OSES VALLEJOS, chileno, casado, Constructor, cédula de identidad número nueve millones novecientos setenta y uno seiscientos sesenta y cuatro guión nueve, domiciliada en Cactus ocho, número dieciocho mil setecientos setenta y seis, comuna de Maipú, Región Metropolitana, y don OSCAR ANDREE GOMEZ BAEZA, chileno, soltero, Ingeniero en Administración de Empresas, cédula de identidad número diecisiete millones ochocientos ochenta mil doscientos cuarenta y seis guión uno, domiciliado Fundo Santa Ana Lote número treinta y nueve, comuna de Talagante, Región Metropolitana: Constituyen Sociedad por Acciones.- Razón social: será “Constructora Victor Oses SpA”.- Objeto: a) a) La construcción, elaboración, fabricación, reparación o remodelación, ejecución de viviendas y obras menores en general, por cuenta propia o de terceros, así como la urbanización y loteo de inmuebles propios o de terceros según contratos generales de construcción y en general de todo tipo de obras menores, incluyendo, moldajes, encofrado, estructuras metálicas, trabajos en agua potable, alcantarillado, aguas lluvias, pavimentaciones, albañilería, pintura, electricidad, tabiquería, sanitarios en general, gasfitería, demarcaciones y señalizaciones, entre otros actividades complementarias y/o relacionadas que el socio o dueño de la empresa determine; b) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; c) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; d) Constituir y/o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los accionista Administración: La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por don VÍCTOR ESTANISLAO OSES VALLEJOS y don OSCAR ANDREE GOMEZ BAEZA, accionistas ya individualizados, quien anteponiendo la razón social a sus firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: $5.000.000 dividido en 5.000 acciones nominales y de una misma serie, suscritas y pagadas. Duración: Indefinido.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 22 de octubre de 2020.-