ALMUELLE ALGARROBO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de octubre de 2020
- Notario
- JORGE MAXIMILIANO UNZUETA RIVAS
- Domicilio
- don OCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad y comuna de Algarrobo, Provincia de San Antonio, Quinta Región
- Duración
- 10 años, a partir de esta fecha, prorrogables automática y sucesivamente por períodos de 5 años, cada uno
- Ley aplicable
- Ley 3918
Objeto social
Será el siguiente: A) El desarrollo de actividades y negocios gastronómicos, mediante el establecimiento y la explotación de restaurante, cafetería, salones de té y locales destinados a la comercialización de alimentos, vinos, licores, bebidas, helados y otros productos gourmet en general; B) La compra, venta, importación, exportación, elaboración, manufacturación, comercialización y distribución de vinos, licores y toda clase de alcoholes, comprendiendo sus subproductos, sus derivados e insumos; alimentos; artículos de decoración; souvenirs; artesanías y productos típicos; C) La organización, producción y realización de eventos de todo tipo, públicos y privados, restringidos y masivos; D) La inversión en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y su administración; E) La promoción, financiamiento y desarrollo toda clase de empresas y sociedades comerciales e industriales, administrarlas y gestionar sus frutos; F) La representación o agencia de toda clase de empresas, sociedades o instituciones nacionales o extranjeras, sea por cuenta propia o ajena.”; y G) En general, cualquier otra actividad comercial, industrial, manufacturera, alimenticia y de distribución de productos que las socias acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE MAXIMILIANO UNZUETA RIVAS, Abogado, Notario Público Suplente de don OCTAVIO FRANCISCO GUTIERREZ LOPEZ, Notario Público Titular 30° Notaría Santiago, oficios Avda. Lib. Bdo. O’Higgins 980, Of. 134-135, CERTIFICA: Por escritura pública, otorgada ante el Notario Titular de esta Notaría don Octavio Francisco Gutiérrez López, con fecha 16 de Octubre de 2020, CATHERINE ELIZABETH DEWULF JIMENEZ, empresaria, domiciliada en Los Pinares, Parcela 248, comuna Algarrobo, Provincia San Antonio, Quinta Región y de paso en ésta, por una parte; y doña ROSA LUISA CORREA DIAZ, labores de casa, domiciliada en calle El Vergel 2.252, dp. 1.301, comuna Providencia, Provincia Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada, conforme Ley 3918 y modificaciones. OBJETO: Será el siguiente: A) El desarrollo de actividades y negocios gastronómicos, mediante el establecimiento y la explotación de restaurante, cafetería, salones de té y locales destinados a la comercialización de alimentos, vinos, licores, bebidas, helados y otros productos gourmet en general; B) La compra, venta, importación, exportación, elaboración, manufacturación, comercialización y distribución de vinos, licores y toda clase de alcoholes, comprendiendo sus subproductos, sus derivados e insumos; alimentos; artículos de decoración; souvenirs; artesanías y productos típicos; C) La organización, producción y realización de eventos de todo tipo, públicos y privados, restringidos y masivos; D) La inversión en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, y su administración; E) La promoción, financiamiento y desarrollo toda clase de empresas y sociedades comerciales e industriales, administrarlas y gestionar sus frutos; F) La representación o agencia de toda clase de empresas, sociedades o instituciones nacionales o extranjeras, sea por cuenta propia o ajena.”; y G) En general, cualquier otra actividad comercial, industrial, manufacturera, alimenticia y de distribución de productos que las socias acuerden. RAZON SOCIAL: “ALMUELLE ALGARROBO LIMITADA”, con nombre de fantasía “ALMUELLE ALGARROBO LTDA.” ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: Corresponderá exclusivamente, a Catherine Elizabeth Dewulf Jiménez, con facultades pacto social. CAPITAL: $30.000.000, que las socias enteran y pagan de la siguiente forma: 1.- Catherine Elizabeth Dewulf Jiménez aporta la suma de $20.000.000, que entera y enterará de la siguiente forma: a) Con la suma de $10.000.000 de contado y en dinero efectivo, que por este acto e instrumento ingresa a Caja Social; y b) Con la suma de $10.000.000, mediante capitalización de utilidades sociales y dentro del plazo de los 27 primeros meses de vigencia social: una 1° cuota por $5.000.000 y pagadera hasta el día 31 de Diciembre de 2021; y, una 2° cuota por $5.000.000 y pagadera hasta el día 31 de Diciembre de 2022; y 2.- Rosa Luisa Correa Díaz aporta la suma de $10.000.000, que entera de contado y en dinero efectivo que —por este acto e instrumento— ingresa en Caja Social. DISTRIBUCION GANANCIAS Y PERDIDAS: 66,666% del Capital Social para la socia Catherine Elizabeth Dewulf Jiménez; y, un 33,334% del Capital Social para la socia doña Rosa Luisa Correa Díaz. RESPONSABILIDAD: Se limita al monto respectivos aportes. DURACION: 10 años, a partir de esta fecha, prorrogables automática y sucesivamente por períodos de 5 años, cada uno. DOMICILIO: La ciudad y comuna de Algarrobo, Provincia de San Antonio, Quinta Región, sin perjuicio que se puedan establecer agencias o sucursales dentro del país o extranjero. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 23 de Octubre de 2020.