MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES DEL SUR LIMITADA

RUT 76269497-2 CVE 1836247
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de octubre de 2020

Instrumento

Fecha
20 de octubre de 2020
Repertorio
5224-2020
Notario
JESSICA ACUÑA GOMEZ
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SOCIEDAD DE INVERSIONES DEL SUR LIMITADA socio 76269497-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JESSICA ACUÑA GOMEZ, Notario Público Interino de Temuco, Claro Solar 831, Temuco, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 20 de Octubre del año 2020, Repertorio 5224 - 2020, don FERNANDO GONZALO ROMERO MEDINA, y doña MARIA SOLEDAD KIEKEBUSCH FIGUEROA, ambos Avenida Martin Lutero 02806, Vivienda 15, Condominio Mirador de la Frontera, de Temuco, modifican SOCIEDAD DE INVERSIONES DEL SUR LIMITADA, RUT 76.269.497-2, con un capital $1.000.000.- constituida según escritura pública de fecha 03.05.2013, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, cuyo extracto se inscribió a fojas 1202 vuelta número 952 en el Registro de Comercio de Temuco, correspondiente al año 2013, y publicado en el D.O. de 15.05.2013. Modificación consiste en aumentar el capital social de $1.000.000.- a la cantidad de $4.000.000.-, mediante el aporte que efectúa don Fernando Gonzalo Romero Medina ascendente a $3.000.000.-, que entera al contado en este acto. De acuerdo a lo expresado, la cláusula Sexto del estatuto social queda como sigue: “Sexto: El capital social es la suma de cuatro millones de pesos, que los socios han aportado de la siguiente manera: A) don Fernando Gonzalo Romero Medina la suma de tres millones seiscientos mil pesos enterados en arcas sociales, equivalente a un noventa por ciento y doña María Soledad Kiekebusch Figueroa la suma de cuatrocientos mil pesos ya enterado en arcas sociales, equivalente a un diez por ciento.”La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes a la sociedad. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, a 22 de Octubre del año 2020.