MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES AMATISTA LIMITADA

RUT 76010848-0 CVE 1836202
Fecha instrumento
8 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de octubre de 2020
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

Los socios acuerdan modificar el numeral 6° del pacto social relativo a la administración y, reemplazarlo en los términos que se extractan: “SEXTO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 979, of. 501, Santiago, certifica: por escritura pública otorgada hoy, ante mí, ENRIQUE CRISTIAN FELIU SLATER, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 9.587.921-K; doña MAITE DE LOS ANGELES RODRIGUEZ MUNITIS, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 10.208.402-0; doña ANTONIA FELIU RODRIGUEZ, estudiante, cédula nacional de identidad número 19.686.582-9; don ENRIQUE IGNACIO FELIU RODRIGUEZ, estudiante, cédula nacional de identidad número 20.282.966-k; y doña MAITE FELIU RODRIGUEZ, estudiante, cédula nacional de identidad número 20.808.590-5, todos domiciliados en Avenida La Dehesa número 1822 oficina número 722, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron SOCIEDAD DE INVERSIONES AMATISTA LIMITADA, en los siguientes términos: A: Cesión de derechos: a) Don Enrique Cristián Feliú Slater, vende cede y transfiere el 10% de los derechos sociales a don Enrique Ignacio Feliú Rodriguez, quién los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma única y total de $8.000.000.-, que el cesionario paga y se obliga a pagar al cedente, de la siguiente forma: i) Con la suma de $800.000, que el cesionario paga en el acto al cedente, de contado, en dinero efectivo, declarando este último recibirlo a su entera satisfacción y; ii) con la suma de $7.200.000.-, que el cesionario se obliga a pagar al cedente en dinero efectivo, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde fecha escritura extractada. b) Don Enrique Cristián Feliú Slater, vende cede y transfiere el 1% por ciento de los derechos sociales a doña Maite Feliú Rodriguez, quién los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma única y total de $800.000.-, que la cesionaria, paga al cedente en este acto, en dinero efectivo, declarando este último recibirlo a su entera satisfacción. c) Doña Maite De Los Ángeles Rodriguez Munitis, vende cede y transfiere el 9% de los derechos sociales a doña Maite Feliú Rodriguez, quién los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma única y total de $7.200.000.-, que la cesionaria se obliga a pagar a la cedente, en dinero efectivo, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde fecha escritura extractada. Como consecuencia de cesiones, la participación de los socios en el capital social queda como sigue: Enrique Cristian Feliu Slater, con el 40% de los derechos sociales, doña Maite De Los Ángeles Rodriguez Munitis, con el 30% de los derechos sociales, doña Antonia Feliú Rodriguez, con el 10% de los derechos sociales, don Enrique Ignacio Feliú Rodriguez, con el 10% de los derechos sociales y doña Maite Feliú Rodriguez, con el 10% de los derechos sociales. B) Administración: Los socios acuerdan modificar el numeral 6° del pacto social relativo a la administración y, reemplazarlo en los términos que se extractan: “SEXTO. ADMINISTRACION: La administración y uso de la razón social corresponderá a don ENRIQUE CRISTIAN FELIU SLATER y doña MAITE DE LOS ANGELES RODRIGUEZ MUNITIS, quienes actuando conjunta o separadamente, la representarán con las más amplias facultades, en especial las facultades indicadas en escritura extractada. En caso de impedimento o ausencia de don Enrique Cristian Feliú Slater y de doña Maite de los Angeles Rodriguez Munitis, lo cual no será necesario acreditar, podrán actuar conjuntamente con todas las facultades enumeradas en escritura extractada, 2 cualquiera de los señores doña Antonia Feliú Rodriguez, don Enrique Ignacio Feliú Rodriguez y doña Maite Feliú Rodriguez. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Santiago, 8 de Octubre de 2020.