Instrumento
- Fecha
- 14 de octubre de 2020
- Repertorio
- 17207/2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio Es la parte de la provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: i) La producción, compra, venta, adquisición y enajenación, a cualquier título, así como la comercialización, importación y exportación de artículos de materias primas de cosmetiquería, cosméticos, dermo cosméticos, higiene personal, maquillaje, o derechos sobre los mismos; ii) Desarrollo y elaboración de toda clase de cosméticos naturales, productos y servicios de maquillaje y cosméticos; iii) Producción, elaboración, fabricación, frigorización, explotación, manufactura e industrialización de materias primas o productos de insumos naturales destinados a la obtención de productos de cosmética, dermo cosmética, higiene personal, maquillaje, como la preparación para su embarque al mercado nacional o extranjero; iv) Despacho y entrega de productos cosméticos y dermo cosméticos; v) La ejecución en general de cualquier otra actividad o negocio que se relacione con el ramo cosmético; vi) La prestación de toda clase de servicios tecnológicas y control de calidad, como asistencia técnica en materias referidas al rubro cosmético; vii) Asesoría en el área de producción, comercialización, certificación, talleres teóricos y prácticos; viii) Diseño, compra, producción, venta nacional e internacional de artículos de diseño, embalajes, packaging, en el rubro de cosmética o complementario; ix) En general, todas las operaciones civiles y comerciales necesarias para la consecución de los actividades anteriores. Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá adquirir, enajenar y gravar toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, participar en sociedades de cualquier clase u objeto y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines indicados. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en la presente cláusula
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULA ANDREA LUNA SAEZ, abogada, Notario reemplazante de María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, Huérfanos 669, Octavo piso, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 14 de Octubre de 2020, Repertorio N°17207/2020, otorgada ante mí; doña María Margarita Allende Valdés, cédula de identidad 16.212.469-2, domiciliada en calle El Radal 91, departamento 21 D, comuna de Lo Barnechea, doña María Catalina Domínguez Rojas, cédula de identidad 16.662.422-3, domiciliada en Paul Harris 10249, comuna de Las Condes, y doña María José Hurtado Lavín, cédula de identidad 16.365.802-K, domiciliada en Comandante Malbec 12849, departamento 201, Lo Barnechea, en su calidad de únicas accionista, constituyeron una sociedad por acciones según lo siguiente: Nombre: “SAYI NAT SpA”.- Accionistas constituyentes: María Margarita Allende Valdés, María Catalina Domínguez Rojas, y María José Hurtado Lavín. Objeto: El objeto de la sociedad será: i) La producción, compra, venta, adquisición y enajenación, a cualquier título, así como la comercialización, importación y exportación de artículos de materias primas de cosmetiquería, cosméticos, dermo cosméticos, higiene personal, maquillaje, o derechos sobre los mismos; ii) Desarrollo y elaboración de toda clase de cosméticos naturales, productos y servicios de maquillaje y cosméticos; iii) Producción, elaboración, fabricación, frigorización, explotación, manufactura e industrialización de materias primas o productos de insumos naturales destinados a la obtención de productos de cosmética, dermo cosmética, higiene personal, maquillaje, como la preparación para su embarque al mercado nacional o extranjero; iv) Despacho y entrega de productos cosméticos y dermo cosméticos; v) La ejecución en general de cualquier otra actividad o negocio que se relacione con el ramo cosmético; vi) La prestación de toda clase de servicios tecnológicas y control de calidad, como asistencia técnica en materias referidas al rubro cosmético; vii) Asesoría en el área de producción, comercialización, certificación, talleres teóricos y prácticos; viii) Diseño, compra, producción, venta nacional e internacional de artículos de diseño, embalajes, packaging, en el rubro de cosmética o complementario; ix) En general, todas las operaciones civiles y comerciales necesarias para la consecución de los actividades anteriores. Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá adquirir, enajenar y gravar toda clase de bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, participar en sociedades de cualquier clase u objeto y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines indicados. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en la presente cláusula. Capital: La suma de $100.000 íntegramente suscrito y pagado en la forma indicada en la escritura.- Domicilio: El domicilio Es la parte de la provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Comercio de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración: indefinida. Demás cláusulas constan en escritura que extracto. Santiago, 20 de Octubre de 2020.