INVERSIONES MJM SpA
Instrumento
- Fecha
- 20 de octubre de 2020
- Notario
- Rodrigo Sanhueza Ríos
- Domicilio
- titular don Juan Antonio Loyola Opazo Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRodrigo Sanhueza Ríos, Notario Público suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo Temuco, oficio Arturo Prat 770, Temuco, certifico por escritura fecha 20 de octubre de 2020, otorgada ante mí, FELIPE EDUARDO LARRONDO FONSECA, saneó y rectificó el extracto la escritura pública de saneamiento y rectificación de modificación de INVERSIONES MJM SPA, de fecha 26 de agosto del año 2020 otorgada ante el notario don Rodrigo Sanhueza Rios, suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo, anotada en el repertorio número 2584, cuyo extracto fue publicado en el diario oficial el día 5 de septiembre del año 2020 en su edición número 42.749. En la escritura se rectificó el extracto en los siguientes términos RECTIFICACIÓN DEL EXTRACTO: Por este acto, viene el compareciente en rectificar el extracto de la escritura de saneamiento, específicamente el nombre de la socia doña MICKAELLA JESÚS ALCOHOLADO BRITO quedando el extracto de la siguiente forma “MAURICIO ALEJANDRO ALCOHOLADO ÁLVAREZ y doña MICKAELLA JESÚS ALCOHOLADO BRITO, todos con domicilio en calle Holandesa número cero cuatrocientos sesenta, departamento número trescientos tres Temuco, modificaron la sociedad “INVERSIONES MJM SPA” MODIFICACIÓN DE LA SOCIEDAD: Que en la escritura de modificación don MAURICIO ALEJANDRO ALCOHOLADO ÁLVAREZ compró a doña MICKAELLA JESÚS ALCOHOLADO BRITO, la totalidad de las acciones que esta poseía en la sociedad modificada, pasando a ser el único socio don MAURICIO ALEJANDRO ALCOHOLADO ÁLVAREZ. La participación que se cede corresponde al 10 porciento. El precio que pagó don MAURICIO ALEJANDRO ALCOHOLADO ÁLVAREZ fue la cantidad $2.000.000 pagados y recibidos a entera satisfacción de doña MICKAELLA JESÚS ALCOHOLADO BRITO, con anterioridad a la escritura de modificación. En lo no modificado por la escritura extractada, la sociedad se seguirá rigiendo por las clausulas señaladas en la escritura de modificación. Temuco, 21 de octubre de 2020.