CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Transportes Vemar Limitada

CVE 1835426
Capital
$6.000.000 CLP
Notaría
Chillán
Duración
Definida

Instrumento

Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$6.000.000 CLP
Domicilio
ciudad y comuna de Chillán
Duración
5 años, renovable períodos iguales

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) La explotación del giro de Transporte terrestre en cualquiera de sus formas, en vehículos propios o ajenos; como La prestación de servicios de transportes de carga terrestre por carretera, dentro o fuera de Chile, de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; y todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; B) La compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación, arrendamiento – con o sin opción de compra, y reparación de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas, y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinaria, maquinas herramientas y móviles; repuestos y accesorios de todos ellos, sean nuevos o usados y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad y los que existan en el futuro; C) Lubricación y cambio de aceites y grasas de los automóviles, camionetas, camiones, buses, motocicletas y otros vehículos unipersonales, tractores, máquinas cosechadoras y otras del campo, máquinas pesadas de movimiento de tierra y de caminos; la compraventa, distribución, consignación o intermediación de aceites, grasas y combustibles industriales de todo tipo; y todo lo relacionados, en la actualidad o en el futuro, de cualquiera manera, de todo lo anterior, y cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GERARDO ALFREDO CORTÉS GASAUI, Notario Titular Primera Notaría de Chillán, El Roble 551, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 24 de Septiembre del 2020, ante mí, don JORGE PATRICIO VEJAR MEDRANO, domiciliado en Caupolicán N° 1490, Villa Alonso de Ercilla, comuna de Chillán; y doña GISELA NAYADE VEJAR MEDRANO, domiciliada en Doña Francisca III, Calle San Nicolás N° 2939, comuna de Chillán, constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada al monto de sus respectivos aportes.- Razón social: La razón social de la sociedad será: “SOCIEDAD DE TRANSPORTES VEMAR LIMITADA”. Sin embargo la sociedad podrá actuar incluso ante los Bancos con el nombre de fantasía de “TRANSPORTES VEMAR LTDA.” Objeto: El objeto de la sociedad será: A) La explotación del giro de Transporte terrestre en cualquiera de sus formas, en vehículos propios o ajenos; como La prestación de servicios de transportes de carga terrestre por carretera, dentro o fuera de Chile, de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros; y todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; B) La compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación, arrendamiento – con o sin opción de compra, y reparación de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas, y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinaria, maquinas herramientas y móviles; repuestos y accesorios de todos ellos, sean nuevos o usados y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad y los que existan en el futuro; C) Lubricación y cambio de aceites y grasas de los automóviles, camionetas, camiones, buses, motocicletas y otros vehículos unipersonales, tractores, máquinas cosechadoras y otras del campo, máquinas pesadas de movimiento de tierra y de caminos; la compraventa, distribución, consignación o intermediación de aceites, grasas y combustibles industriales de todo tipo; y todo lo relacionados, en la actualidad o en el futuro, de cualquiera manera, de todo lo anterior, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio don JORGE PATRICIO VEJAR MEDRANO, con facultades indicadas en cláusula Cuarta pacto social. Capital: $6.000.000, que los socios aportan y enteran: UNO) Socio JORGE PATRICIO VEJAR MEDRANO, aporta la suma de $4.200.000, en este acto de contado y en dinero efectivo ingresados en caja social.- DOS) La socia doña GISELA NAYADE VEJAR MEDRANO, aporta la suma de $1.800.000, en este acto de contado y en dinero efectivo ingresados en caja social. Duración: 5 años, renovable períodos iguales. Domicilio: ciudad y comuna de Chillán, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- CHILLÁN, 24 de Septiembre del 2020.