MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

SANTA MÓNICA S.A.

RUT 76091421-5 CVE 1835527
Capital
$344.081.711 CLP
Fecha instrumento
28 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de septiembre de 2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$344.081.711 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Administración y Uso

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales o incorporales tales como acciones, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios; la administración, adquisición, enajenación, arrendamiento, inversión, reinversión y explotación en cualquier forma de dichos bienes; b) La explotación, compra, venta, arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces de toda clase y, en especial, la gestión inmobiliaria referida al planteamiento y comercialización de conjuntos habitacionales, casas, edificios y departamentos y; c) La formación o inversión a cualquier titulo en sociedades de capital o de personas. Para el cumplimiento de sus objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de septiembre de 2020, otorgada ante mí, se redujo Acta Junta Extraordinaria Accionistas Sociedad “SANTA MÓNICA S.A.", inscrita a fojas 9.790 N°6.657, en el Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces Santiago, del año 2010, celebrada el día 20 de agosto de 2020, en la que se acordó, transformarla en una sociedad de responsabilidad limitada, transformando las acciones de que son titulares los accionistas, en derechos sociales, y la calidad de accionistas, en la de socios de la sociedad de responsabilidad limitada resultante de la transformación, aprobando los siguientes estatutos por los que se regirá: Socios: JUAN CARLOS JARA INFANTE e INMOBILIARIA SANTA MÓNICA LIMITADA, ambos domiciliados para estos efectos en Condominio Los Algarrobos IV, casa B guion treinta y seis, Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana; Razón Social: “INVERSIONES SANTA MÓNICA LIMITADA” pudiendo también usar para fines publicitarios, tributarios, comerciales, financieros y legales la expresión abreviada o nombre de fantasía “SANTA MÓNICA LTDA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que podrá abrir en cualquier otro lugar tanto del país como del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales o incorporales tales como acciones, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios; la administración, adquisición, enajenación, arrendamiento, inversión, reinversión y explotación en cualquier forma de dichos bienes; b) La explotación, compra, venta, arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces de toda clase y, en especial, la gestión inmobiliaria referida al planteamiento y comercialización de conjuntos habitacionales, casas, edificios y departamentos y; c) La formación o inversión a cualquier titulo en sociedades de capital o de personas. Para el cumplimiento de sus objetos, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos. Capital Social: $344.081.711, íntegramente pagado por socios con cargo a proporción del capital que les correspondía como accionistas de la sociedad “SANTA MÓNICA S.A.” y que ha sido objeto de transformación. En consecuencia: Uno) Don Juan Carlos Jara Infante ha aportado y pagado la suma de veintiséis pesos; y Dos) Inmobiliaria Santa Mónica Limitada ha aportado y pagado la suma de trescientos cuarenta y cuatro millones ochenta y un mil seiscientos ochenta y cinco pesos. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Plazo Social: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de diez años, plazo que se renovará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años, salvo que alguno de los socios manifestase su intención de ponerle término, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del plazo o renovación en vigencia. Administración y Uso Razón Social: La administración y uso de la razón social corresponderá a don JUAN CARLOS JARA INFANTE. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de septiembre de 2020.