INVERSIONES LA CUMBRE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de septiembre de 2020
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Titular 40 Notaría Santiago, domicilio Teatinos 332, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 29 de septiembre de 2020 otorgada ante mí: don JOSÉ MANUEL BARROS BRAVO, doña MARÍA MAGDALENA DEL RÍO SÁNCHEZ, y don CLEMENTE JOSÉ BARROS DEL RÍO, todos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Perú Nº1201, comuna de Recoleta, Región Metropolitana, y doña MARÍA DE LA LUZ BRAVO LIRA, domiciliada para estos efectos en Texas Nº1.174, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron INVERSIONES LA CUMBRE LIMITADA, inscrita a fojas 6.079 Nº4.862, Registro Comercio Santiago, año 2001, en términos siguientes: a) doña MARÍA DE LA LUZ BRAVO LIRA, autorizada por sus consocios, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales en INVERSIONES LA CUMBRE LIMITADA, equivalentes al 5% del total de los derechos sociales de la referida sociedad, a don CLEMENTE JOSÉ BARROS DEL RÍO; b) don JOSÉ MANUEL BARROS BRAVO, autorizado por sus consocios, vende, cede y transfiere un tercio de sus derechos sociales en INVERSIONES LA CUMBRE LIMITADA, equivalentes al 20% del total de los derechos sociales de la referida sociedad, a don CLEMENTE JOSÉ BARROS DEL RÍO. Atendida la venta, cesión y transferencia de derechos sociales, deja de ser socia y se retira de la sociedad, doña MARÍA DE LA LUZ BRAVO LIRA, quedando como únicos socios de INVERSIONES LA CUMBRE LIMITADA, don JOSÉ MANUEL BARROS BRAVO, con una participación en el capital social equivalente al 40% del total de los derechos sociales, doña MARÍA MAGDALENA DEL RÍO SÁNCHEZ, con una participación en el capital social equivalente al 35% del total de los derechos sociales, y don CLEMENTE JOSÉ BARROS DEL RÍO, con una participación en el capital social equivalente al 25% del total de los derechos sociales; y c) don JOSÉ MANUEL BARROS BRAVO, doña MARÍA MAGDALENA DEL RÍO SÁNCHEZ, y don CLEMENTE JOSÉ BARROS DEL RÍO, en sus calidades de únicos socios INVERSIONES LA CUMBRE LIMITADA, acordaron modificar el estatuto social de la misma, a fin de actualizar sus Artículos Quinto y Octavo, relativos al capital social y a la distribución de las utilidades y pérdidas de la sociedad, respectivamente, substituyéndolos por los del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de dos millones quinientos mil pesos, íntegramente pagado y enterado, que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: a) don JOSÉ MANUEL BARROS BRAVO, con el cuarenta por ciento de los derechos sociales; b) doña MARÍA MAGDALENA DEL RÍO SÁNCHEZ, con el treinta y cinco por ciento de los derechos sociales; c) don CLEMENTE JOSÉ BARROS DEL RÍO, con el veinticinco por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto sus respectivos aportes.”. “ARTÍCULO OCTAVO: Las utilidades sociales y eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes. En todo caso y sin perjuicio de lo anterior, los socios tendrán derecho a retirar a cuenta de utilidades, presentes o futuras, los dineros, valores y bienes, corporales o incorporales, que de común acuerdo determinen.”. En lo no modificado, los socios ratifican íntegramente las estipulaciones del estatuto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 29 de septiembre de 2020.