MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INSTITUTO PROFESIONAL EATRI LIMITADA

RUT 83198100-8 CVE 1835156
Fecha instrumento
24 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de septiembre de 2020
Notario
EDUARDO DIEZ MORELLO
Oficio
34 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

2) Administración General. Para obligar válidamente a sociedad deberán concurrir al menos dos cualesquiera de los socios; no obstante lo anterior, deberán concurrir al menos tres cualesquiera de los socios y a falta de uno de ellos el suplente respectivo, cuando se trate de celebrar las siguientes convenciones: a) Vender, ceder, aportar o transferir a cualquier título bienes inmuebles sociales o marcas; b) Hipotecar, constituir prohibiciones, usufructos, derecho de uso, dar o tomar en arriendo, comodato, bienes inmuebles, constituir prendas, otorgar garantías personales, tales como avales, fianzas y codeudas solidarias; c) Celebrar contratos transacción, novar obligaciones o remitir deudas; d) Solicitar préstamos, celebrar contratos de mutuo, reconocer deudas, suscribir pagarés o letras de cambio; e)consentir todo acto jurídico que implique venta, aporte, cesión o el otorgamiento a cualquier título de derechos de uso, administración o representación, total o parcial de la autonomía otorgada al Instituto Profesional EATRI; y, f) Otorgar mandatos generales o especiales con algunas de las facultades indicadas en las letras a) a la d) anteriores. 3)Consejo Directivo. Constituido por cuatro miembros quienes podrán o no ser socios fundadores, designados por socios común acuerdo. Deberán contar con título profesional otorgado por institución educación superior reconocida por el Estado, experiencia profesional no inferior cinco años y trayectoria en educación superior. Permanecerán tres años en ejercicio de sus cargos o mientras mantengan confianza de estos, pudiendo ser reelegidos.4) Nueva Unidad Organizacional. Incorpora la Dirección de Comunicación, Admisión y Vinculación con el Medio. 5)Estructura organizacional del Instituto. Estará constituida por organismos colegiados y autoridades unipersonales. Los organismos colegiados son: Consejo Directivo, Comité de Rectoría, Consejo Académico y el Consejo de Coordinación de Carreras. Las autoridades unipersonales son: Rector, Director Académico, Director Administración y Finanzas, Director Aseguramiento Calidad, Director Comunicaciones, Admisión y Vinculación con el Medio, Jefe carrera, Jefe Biblioteca, Coordinador Asuntos Estudiantiles y Coordinador Línea Curricular. Demás autoridades del Instituto, atribuciones y funciones serán establecidas y reguladas en Reglamento Orgánico.6) Comité Rectoría. Se incorpora Comité de Rectoría, organismo colegiado de carácter consultivo y asesor, integrado por Rector, que preside, Director Académico, Director Administración y Finanzas, Director Aseguramiento Calidad y Director de Comunicaciones, Admisión y Vinculación con el Medio, como miembros permanentes y, como invitados, otras autoridades del Instituto 7) Misión y Visión del Instituto. Se elimina del estatuto social por restar autonomía y agilidad a gestión, en eventualidad cambiar esta declaración institucional.8) Permanencia en cargos directivos superiores. Estos permanecerán en cargos periodos de tres años, renovables.9) Designación y remoción de suplentes. Los suplentes serán designados y removidos a voluntad por cada socio mediante documento escrito notificado personalmente, debiendo entregarse copia del mismo a otros socios en plazo de diez días hábiles a contar fecha notificación

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34 Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifica que por escritura pública de fecha 24 de septiembre de 2020, ante mí: MARÍA SOLEDAD MARTINEZ GONZÁLEZ, MONICA PANTOJA SOLA, RUTH VIOLETA MORGADO SEGURA y el señor NELSON ULISES MIRANDA CORTÉS, todos domiciliados Avenida Condell número cuatrocientos cincuenta y uno, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, únicos socios de sociedad “INSTITUTO PROFESIONAL EATRI LIMITADA”, constituida por escritura pública de primero de Julio del año mil novecientos setenta, ante el Notario Público don Álvaro Bianchi Rosas. El extracto se inscribió a fojas cuatro mil novecientos cincuenta, números dos mil ciento veintinueve, del Registro de Comercio año mil novecientos setenta, Conservador Bienes Raíces y Comercio Santiago, modificada posteriormente, pactan introducir modificaciones pacto social, fijando nuevo texto refundido que readecua cláusulas, de acuerdo Decreto Fuerza de Ley número dos, de dos mil nueve, del Ministerio de Educación, texto Refundido, Coordinado y Sistematizado Ley veinte mil trescientos setenta, Ley General de Educación. Principales cambios introducidos son:1) Objeto sociedad. Mantener, dirigir, organizar, administrar y desarrollar Instituto Profesional EATRI, entidad educación superior autorizada funcionar por Decreto Exento número cincuenta y ocho de veintiocho marzo mil novecientos ochenta y nueve del Ministerio de Educación, preferentemente formar profesionales y técnicos distintas áreas del conocimiento, en especial, área idiomas, tanto en modalidad presencial como a distancia, pudiendo ejecutar y celebrar toda clase de actividades, actos o contratos destinado consecución objeto social.2) Administración General. Para obligar válidamente a sociedad deberán concurrir al menos dos cualesquiera de los socios; no obstante lo anterior, deberán concurrir al menos tres cualesquiera de los socios y a falta de uno de ellos el suplente respectivo, cuando se trate de celebrar las siguientes convenciones: a) Vender, ceder, aportar o transferir a cualquier título bienes inmuebles sociales o marcas; b) Hipotecar, constituir prohibiciones, usufructos, derecho de uso, dar o tomar en arriendo, comodato, bienes inmuebles, constituir prendas, otorgar garantías personales, tales como avales, fianzas y codeudas solidarias; c) Celebrar contratos transacción, novar obligaciones o remitir deudas; d) Solicitar préstamos, celebrar contratos de mutuo, reconocer deudas, suscribir pagarés o letras de cambio; e)consentir todo acto jurídico que implique venta, aporte, cesión o el otorgamiento a cualquier título de derechos de uso, administración o representación, total o parcial de la autonomía otorgada al Instituto Profesional EATRI; y, f) Otorgar mandatos generales o especiales con algunas de las facultades indicadas en las letras a) a la d) anteriores. 3)Consejo Directivo. Constituido por cuatro miembros quienes podrán o no ser socios fundadores, designados por socios común acuerdo. Deberán contar con título profesional otorgado por institución educación superior reconocida por el Estado, experiencia profesional no inferior cinco años y trayectoria en educación superior. Permanecerán tres años en ejercicio de sus cargos o mientras mantengan confianza de estos, pudiendo ser reelegidos.4) Nueva Unidad Organizacional. Incorpora la Dirección de Comunicación, Admisión y Vinculación con el Medio. 5)Estructura organizacional del Instituto. Estará constituida por organismos colegiados y autoridades unipersonales. Los organismos colegiados son: Consejo Directivo, Comité de Rectoría, Consejo Académico y el Consejo de Coordinación de Carreras. Las autoridades unipersonales son: Rector, Director Académico, Director Administración y Finanzas, Director Aseguramiento Calidad, Director Comunicaciones, Admisión y Vinculación con el Medio, Jefe carrera, Jefe Biblioteca, Coordinador Asuntos Estudiantiles y Coordinador Línea Curricular. Demás autoridades del Instituto, atribuciones y funciones serán establecidas y reguladas en Reglamento Orgánico.6) Comité Rectoría. Se incorpora Comité de Rectoría, organismo colegiado de carácter consultivo y asesor, integrado por Rector, que preside, Director Académico, Director Administración y Finanzas, Director Aseguramiento Calidad y Director de Comunicaciones, Admisión y Vinculación con el Medio, como miembros permanentes y, como invitados, otras autoridades del Instituto 7) Misión y Visión del Instituto. Se elimina del estatuto social por restar autonomía y agilidad a gestión, en eventualidad cambiar esta declaración institucional.8) Permanencia en cargos directivos superiores. Estos permanecerán en cargos periodos de tres años, renovables.9) Designación y remoción de suplentes. Los suplentes serán designados y removidos a voluntad por cada socio mediante documento escrito notificado personalmente, debiendo entregarse copia del mismo a otros socios en plazo de diez días hábiles a contar fecha notificación. Demás estipulaciones en escritura extractada. En lo no modificado permanecen vigentes estipulaciones contrato social. Modificación rige fecha escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 8 de octubre de 2020.