Instrumento
- Fecha
- 19 de octubre de 2020
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios, consultas y asesorías asociadas a servicios de odontología en general y otros relacionados en materias de la salud; la atención de pacientes ambulatorios y hospitalizados; la realización de procedimientos y diagnósticos; la administración, desarrollo y explotación de centros médicos y consultas; la investigación en áreas de la ortodoncia y ciencia en general; la adquisición y administración de equipamiento, materiales y tecnología asociada al ejercicio de la profesión; la organización, ejecución y participación en cursos, congresos y seminarios. Asimismo, la Sociedad podrá tener participación en todo tipo de inversiones muebles e inmuebles, corporales e incorporales; y en general, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro; así cualquier otro negocio que acordaren los
Administración
La Sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el o los Administradores ser o no
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos número 941, local 302, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 19 de octubre de 2020, Repertorio Nº: 16153 – 2020, otorgada ante mí, (I) Ignacio Enrique Deformes Matas, C.I. N°16.431.413-8, y (II) Valentina del Pilar Ríos Mancilla, C.I. N°17.658.106-9, ambos domiciliados para estos efectos en en Avenida Bosques de Montemar 460, departamento 112, Concón, Región de Valparaíso, constituyeron una sociedad por acciones, regida por las disposiciones del Párrafo 8º, Título VII, Libro II, artículos 424º y s.s. del Código de Comercio, supletoriamente por las disposiciones de la Ley 18.046 aplicables a las sociedades anónimas cerradas, y en especial por sus estatutos. A) Razón social: El nombre de la sociedad es “DERIOS SpA” pudiendo usar el nombre de fantasía “DERIOS”. B) Objeto social: El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios, consultas y asesorías asociadas a servicios de odontología en general y otros relacionados en materias de la salud; la atención de pacientes ambulatorios y hospitalizados; la realización de procedimientos y diagnósticos; la administración, desarrollo y explotación de centros médicos y consultas; la investigación en áreas de la ortodoncia y ciencia en general; la adquisición y administración de equipamiento, materiales y tecnología asociada al ejercicio de la profesión; la organización, ejecución y participación en cursos, congresos y seminarios. Asimismo, la Sociedad podrá tener participación en todo tipo de inversiones muebles e inmuebles, corporales e incorporales; y en general, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro; así cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. El giro podrá desarrollarse tanto en Chile como el extranjero, por sí o a través de terceros. C) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una única serie, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado. D) Administración: La Sociedad será administrada y representada por uno o más Administradores elegidos por la Junta de Accionistas, pudiendo el o los Administradores ser o no accionistas. La designación antes indicada, deberá constar en escritura pública. E) Duración: Indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y los estatutos establecen. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de octubre de 2020.