MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CONSTRUCTORA SOCOMAC LIMITADA

RUT 76482041-K CVE 1835138
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
23 de septiembre de 2020
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
23 de septiembre de 2020
Notario
MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
Oficio
Sexta Notaría Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 42771 del 3 de octubre de 2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular Sexta Notaría Concepción, oficio Colo Colo 304, certifica: Que por escritura pública otorgada y extractada ante mí con fecha 23.09.2020, Rep.N°4.077/2020.; modifica, complementa y aclara extracto de refundación publicado en el diario oficial número 42.771 de fecha 3 de octubre de 2020, página 1 de 1, de la empresa "CONSTRUCTORA SOCOMAC LIMITADA" o "SOCOMAC LIMITADA", Rut:76.482.041-K, en los siguientes términos: Se ha retirado de la sociedad don ANDRÉS ALFONSO TARBES SOTO, por haber cedido y vendido sus acciones o derechos en la sociedad. Tales derechos consisten en el 33,33% correspondientes al 100% de sus derechos y acciones en la sociedad. El precio de la venta es la suma de $1.200.000, monto del cual fue pagado al vendedor al contado en dinero en efectivo, en este mismo acto, por sus socios doña CARMEN CAROLINA OPORTUS MUÑOZ y don MICHEL ANTONIO ALFREDO PERRET RUIZ, en la siguiente proporción y valor: el socio doña CARMEN CAROLINA OPORTUS MUÑOZ, compra un 16,66%, en la suma de $600.000, el cual fue pagado en esta acto y entera a satisfacción del vendedor, quien recibe la suma de $600.000 en dinero efectivo; y el socio don MICHEL ANTONIO ALFREDO PERRET RUIZ, compra un 16,67%, en la suma de $600.000, monto que paga en esta acto y entera a satisfacción del vendedor, el cual recibe la suma de $600.000, en dinero efectivo. No produciéndose al efecto una reducción de capital en la sociedad, manteniéndose los $30.000.000 de capital social.- Los titulares del 100% de participacion en el capital social procedieron a repactar o refundar el contrato social de la siguiente forma: A.- La razón social continuará siendo "CONSTRUCTORA SOCOMAC LIMITADA", sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive ante Bancos, instituciones financieras, Servicio de Impuestos Internos, organismos laborales y de previsión, con el nombre de fantasía "SOCOMAC LIMITADA", el que obligará a la sociedad de la misma manera como si actuara con su razón social, pudiendo abreviar la palabra LIMITADA por LTDA.".- B.- El objeto social será la prestación de servicios de obras de ingeniería, acondicionamiento de edificios, obras menores de construcción “(contratista, albañiles, carpinteros)”, obras viales, construcción de carreteras y líneas de ferrocarril, obras hidráulicas, obras portuarias, urbanizaciones, construcción de edificios o de parte de edificios, servicios de demolición, el derribo de edificios y otras estructuras, instalaciones eléctricas, de gasfitería, y otras instalaciones para obras de construcción, preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierra, como el estudio, administración, ejecución y construcción de toda clase de viviendas, edificios, obras civiles y proyectos inmobiliarios en general y, en general, cualquier otro acto, contrato o negocio que acuerden los socios, que se relacionen o vinculen directa o indirectamente con los anteriores.- C.- Que los socios doña CARMEN OPORTUS MUÑOZ y don MICHEL PERRET RUIZ, han convenido en aumentar el capital social en la suma de $10.000.000 en dinero efectivo en la caja social respectivamente, por lo que en virtud del aporte de capital efectuado de la forma señalada, se ha producido un aumento del capital social en la suma de $50.000.000, del cual el socio doña CARMEN OPORTUS MUÑOZ cuenta con una participación en el capital social de un 50%; y, El Socio don MICHEL PERRET RUIZ, cuenta con una participación en el capital social con un 50%.- D.- Las utilidades y pérdidas de la sociedad se distribuirán entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes.- E.- La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a sus dos únicos socios, estos son, Doña CARMEN CAROLINA OPORTUS MUÑOZ y don MICHEL ANTONIO ALFREDO PERRET RUIZ quienes actuando en forma unánime, en conjunto, podrán asumir la administración, representación y uso de la razón social, quienes podrán actuar a nombre de la sociedad, anteponiendo a sus firmas la razón social. La representarán y obligarán en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con las más amplias facultades, sin limitaciones de ninguna especie. La representarán y obligarán en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con las más amplias facultades, sin limitaciones de ninguna especie, con las facultades señaladas en esta escritura extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus respectivos aportes. La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Concepción, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezcan en el resto del país. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 20 de Octubre de 2020.- vvl.