Instrumento
- Fecha
- 16 de octubre de 2020
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
a) El desarrollo, realización, organización, administración, operación, control, comercialización y explotación de todo tipo de juegos de entretención, de salón o de mesa, esparcimiento, didácticos y)o educativos, a través de páginas o sitios de internet y)o de forma electrónica en línea, o relacionados con tecnologías de la información tanto actuales como futuras; b) La compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización, de todo tipo y clase de juegos de entretención, didácticos, y)o de destreza, sean computacionales o electrónicos en línea, o físicos, así como de sus accesorios, softwares, repuestos, partes y piezas; c) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos o de inversión, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; d) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; e) La prestación de asesorías y consultorías en materias financieras, administrativas, de gestión, de inversiones, o de cualquier otra clase; y f) En general, las demás actividades, actos o contratos, relacionados directa o indirectamente con los anteriormente indicados, y que sean útiles o necesarios a la consecución de los fines de la Sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública fecha 16 de octubre de 2020, REP. N°20.171-2020, otorgada ante mí, Diego Adolfo Chomalí Kattan, domiciliado en calle Zurich N° 221, departamento 133, Las Condes, constituyó sociedad por acciones. Nombre: “CASA DE JUEGOS SpA”. Objeto: a) El desarrollo, realización, organización, administración, operación, control, comercialización y explotación de todo tipo de juegos de entretención, de salón o de mesa, esparcimiento, didácticos y/o educativos, a través de páginas o sitios de internet y/o de forma electrónica en línea, o relacionados con tecnologías de la información tanto actuales como futuras; b) La compra, venta, importación, exportación, distribución, comercialización, de todo tipo y clase de juegos de entretención, didácticos, y/o de destreza, sean computacionales o electrónicos en línea, o físicos, así como de sus accesorios, softwares, repuestos, partes y piezas; c) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos o de inversión, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; d) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; e) La prestación de asesorías y consultorías en materias financieras, administrativas, de gestión, de inversiones, o de cualquier otra clase; y f) En general, las demás actividades, actos o contratos, relacionados directa o indirectamente con los anteriormente indicados, y que sean útiles o necesarios a la consecución de los fines de la Sociedad. Capital: $1.000.000, dividido y representado en 100 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de Octubre de 2020.-