SOCIEDAD MEDICA CITOVET LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de octubre de 2020
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Domicilio
- REEMPLAZANTE DE VALERIA RONCHERA FLORES
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la a) Prestación, coordinación y promoción de servicios orientados a la investigación científica; asesoría, diagnóstico difusión, capacitación, formación y fomento de la ciencia veterinaria; b) Realizar labores educativas, prestar asesorías, efectuar diagnósticos, estudios, evaluaciones sobre temas vinculados al desarrollo científico; c) Desarrollar, promover, organizar labores de difusión, capacitación y formación de congresos, cursos, foros, talleres y encuentros nacionales e internacionales referidos a las distintas áreas de investigación, estudios y desarrollo de la ciencia médica; d) Diseñar realizar, producir y difundir publicaciones de libros, documentos de estudios, revistas, periódicos, boletines, apuntes, monografías, folletos y guías en el área científica; e) Llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, cualquier otro negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, abogado, Notario Público REEMPLAZANTE DE VALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular de la 10ª Notaría de Santiago, calle Agustinas N°1.235, local 2, piso 1 y 2, Santiago. CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 16 de octubre de 2020, otorgada ante mí, Don CARLOS MANUEL GONZALEZ RIVEROS, quien declara ser chileno, médico veterinario, soltero, cédula nacional de identidad número siete millones cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta guion dos, domiciliado sólo para estos efectos en calle Hermanos Amunátegui número doscientos treinta y dos, oficina dos mil uno, comuna de Santiago, Región Metropolitana; y doña SUSANA PAZ REYES CABRERA, quien declara ser chilena, casada y separada totalmente de bienes, médico veterinario, cédula nacional de identidad número diez millones trescientos setenta y un mil trescientos cincuenta y nueve guion cinco, domiciliada sólo para estos efectos en Pasaje Howard número cinco, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, de paso por esta ciudad, modificaron la sociedad “SOCIEDAD MEDICA CITOVET LIMITADA”, sociedad constituida mediante escritura pública de fecha diecisiete de enero del año dos mil siete, Repertorio doscientos sesenta y cuatro, otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Santiago don Sergio Henríquez Silva, inscrita en extracto a Fojas tres mil ciento setenta y uno, Número dos mil cuatrocientos cincuenta y tres, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil siete, publicado en el Diario Oficial de fecha veintinueve de enero del año dos mil siete. La modificación se efectuó en el siguiente sentido: PRIMERO: Doña SUSANA PAZ REYES CABRERA, ya individualizada, mediante el presente instrumento, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, esto es el veinticinco por ciento del capital social total de la Sociedad ya individualizada, a favor de don CARLOS MANUEL GONZALEZ RIVEROS, ya individualizado, quien compra y adquiere para sí, por el monto de un millón de pesos, que se pagan en este acto, en dinero en efectivo, que el comprador declara recibir a su entera conformidad.- SEGUNDO: TRANSFORMACIÓN: Se acordó por el único socio de SOCIEDAD MEDICA CITOVET LIMITADA: (A) Cambiar el tipo social de una sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones, que se regirá por los estatutos que se acuerdan en la cláusula sexta siguiente, los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas; (B) Dejar constancia que el capital de la Sociedad quedará distribuido al accionista de la sociedad transformada a prorrata de los derechos sociales de que es titular; (C) Dejar constancia que la Sociedad conserva su Rol Único Tributario, subsistiendo su personalidad jurídica de conformidad a lo dispuesto en el artículo ocho número trece del Código Tributario. En consecuencia, la sociedad de responsabilidad limitada que se transforma en sociedad por acciones es la misma persona jurídica y por tanto, titular de todo el activo, responsable de todo el pasivo de la Sociedad, y dueña de la totalidad del patrimonio con el cual, hasta esta fecha, operó como SOCIEDAD MEDICA CITOVET LIMITADA; y (D) Dejar constancia que al transformarse la Sociedad en una sociedad por acciones, quedarán sin efecto los actuales estatutos de la Sociedad, y que a contar de esta fecha, la sociedad por acciones en que se transforma la sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por los estatutos que se acuerdan en la cláusula sexta siguiente, los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas.- ESTATUTOS: Sociedad Por Acciones, bajo razón social “SOCIEDAD MEDICA CITOVET SpA”. Pudiendo usar como nombre de fantasía “CITOVET SpA.” ante toda clase de instituciones, como si se tratara de la razón social completa; Objeto: El objeto de la sociedad será la a) Prestación, coordinación y promoción de servicios orientados a la investigación científica; asesoría, diagnóstico difusión, capacitación, formación y fomento de la ciencia veterinaria; b) Realizar labores educativas, prestar asesorías, efectuar diagnósticos, estudios, evaluaciones sobre temas vinculados al desarrollo científico; c) Desarrollar, promover, organizar labores de difusión, capacitación y formación de congresos, cursos, foros, talleres y encuentros nacionales e internacionales referidos a las distintas áreas de investigación, estudios y desarrollo de la ciencia médica; d) Diseñar realizar, producir y difundir publicaciones de libros, documentos de estudios, revistas, periódicos, boletines, apuntes, monografías, folletos y guías en el área científica; e) Llevar a cabo por sí misma o a través de terceros, cualquier otro negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, e incluso formar parte en sociedades.- Capital suscrito y pagado: $4.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal que se encuentran suscritas y pagadas íntegramente por el accionista y ya aportado a la sociedad transformada a que se refiere la escritura, entendiéndose por tanto ya ingresadas a la Caja Social, lo anterior en una proporción de un cien por ciento de las acciones para el accionista Don CARLOS MANUEL GONZALEZ RIVEROS.- Duración: Indefinida.- Representación: A contar de la fecha de la presente escritura, el Administrador y Gerente será Don CARLOS MANUEL GONZALEZ RIVEROS, cédula nacional de identidad número siete millones cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta guion dos, ya individualizado, quien actuará con la totalidad de los poderes señalados en la articulo décimo quinto de estos estatutos.- Demás estipulaciones escritura extractada, donde se faculta al portador inscribir el presente extracto.- Santiago, 19 de octubre de 2020.