MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

RENTAS INMOBILIARIAS LALA CELIS SpA

RUT 76125664-5 CVE 1834504
Capital
$1.028.225.365 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2020

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2020
Notario
MARÍA PILAR GUTIERREZ RIVERA
Oficio
Décimo Octava Notaría de Santiago con domicilio en calle Huérfanos 669

Sociedad

Capital
$1.028.225.365 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PILAR GUTIERREZ RIVERA, Notario Público Titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago con domicilio en calle Huérfanos 669, Piso 8, comuna y ciudad de Santiago, certifico: que, con fecha 30 de septiembre de 2020, Rep. N° 15.944/2020, ante mí, se redujo a escritura pública Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “RENTAS INMOBILIARIAS LALA CELIS SpA”, inscrita a fojas 57.563, N°40.124 Registro Comercio Santiago año 2010, celebrada el 30 de septiembre de 2020, con la asistencia del 100% de las acciones emitidas con derecho a voto y con mi presencia, en la que se acordó, entre otras materias: a) dejar constancia sobre terminación irrevocable de privilegios de las acciones Serie B de la Sociedad, entendiéndose que todas las acciones de la Sociedad son ordinarias de una misma y única serie, sin necesidad de modificar Estatutos Sociales; b) regularizar y/o actualizar el capital social y número de acciones en que éste se divide, dejando constancia, por una parte, de la disminución de pleno derecho del capital social a la suma efectivamente pagada dentro del plazo estatutario y de la inexistencia, por el solo ministerio de la ley, de aquellas acciones suscritas y no pagadas de la Sociedad, esto es, desde $1.723.087.778.- a $1.028.225.365.-, dividido en 1.168.225 acciones ordinarias de una sola serie, todas iguales, nominativas y sin valor nominal; y, por otra, del aumento del capital social ocurrido de pleno derecho en conformidad al artículo 10 Ley Sociedades Anónimas, desde $1.028.225.365.- a $1.385.781.878.-; sustituyéndose en consecuencia Artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los Estatutos, quedando el primero referido como sigue: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.385.781.878.-, dividido en un total de 1.168.225 acciones ordinarias de una sola serie, todas iguales, nominativas y sin valor nominal, el que ha sido suscrito y pagado en la forma que se señala en el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos. Los aumentos de capital deben quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de 8 años, contados desde la fecha en que se acuerde el aumento. Si el capital inicial o sus posteriores aumentos no se pagaren oportunamente al vencimiento de los respectivos plazos, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado tendrán, sin perjuicio de ello, todos los derechos que los Estatutos o la ley les asignen durante todo el tiempo que transcurra desde su emisión hasta el vencimiento del plazo establecido para su pago”. Otras estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 19 de octubre de 2020. MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario Público.