CONSTRUCCIONES ERICES Y TORO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de octubre de 2020
- Notario
- JUAN CARLOS MATURANA LEPELEY
- Domicilio
- Coquimbo
Sociedad
- Domicilio
- Domicilio de la sociedad será en la ciudad de La Serena, Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
de la sociedad, será el diseño y la construcción de obras civiles, estructurales, edificación, arquitectónicas, viales, hidráulicas, portuarias, eléctricas, estudios de ingeniería y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería, arquitectura y construcción, servicios de mantenimiento de instalaciones industriales, consultorías y asesorías en dirección y gestión de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; realización de trabajos de edificación de obras civiles y exteriores; desarrollo de proyectos inmobiliarios; construcción de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales. Construcción, por cuenta propia o ajena, de viviendas económicas, de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza de Ley número dos mil novecientos cincuenta y nueve y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que directa o indirectamente se relacione con dicho objeto, teniendo presente los reglamentos y modificaciones posteriores de la legislación indicada o de las disposiciones legales que, en adelante rijan esta clase de viviendas; urbanizaciones y construcciones conjuntas, aun cuando sea por cuenta de terceros, urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semi fiscales empresas autónomas u organismo de administración autónoma del Estado o Municipales y las que se hagan de acuerdo a proyectos aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista de servicios o de cualquier otra forma, de toda clase de obras civiles, de edificación, arquitectónica, viales, hidráulicas, mecánicas, eléctricas, portuarias, de movimientos de tierra, destinadas a la construcción de instalaciones industriales e inmuebles, o su refacción y)o ampliación o demolición. La importación de bienes para la construcción en todas sus formas, así como también la representación de marcas nacionales y extranjeras, y en general realizar todos los actos y contratos, que los socios acuerden, relacionados con el giro principal
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CARLOS MATURANA LEPELEY, Notario Público Coquimbo, Melgarejo 887, Certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, LUIS HERNAN ERICES RODRIGUEZ, cedula de identidad 10.433.721-1, chileno, divorciado, empresario, y don MARÍA ANGÉLICA TORO CALVUQUEO, cedula de identidad 10.291635-2, chileno, divorciada, socia de empresas; ambos domiciliados en Balmaceda 2950, La Serena, resolvieron transformar en una sociedad por acciones la empresa “CONSTRUCCIONES ERICES Y TORO LIMITADA”, inscrita a fojas 201, número 1519, año 2000 inscrito en el Registro de Comercio de La Serena. La Sociedad por Acciones se regirá por estatutos sociales que a continuación se extractan. Nombre: CONSTRUCCIONES ERICES Y TORO SpA, pudiendo utilizar el nombre de fantasía CONSTRUCTORA E. Y T. SpA con fines de publicidad y propaganda. Esta sociedad se regirá por los presentes Estatutos y por las normas de la ley número veinte mil ciento noventa, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil, en cuanto sean compatibles con la existencia de un solo accionista. Objeto: de la sociedad, será el diseño y la construcción de obras civiles, estructurales, edificación, arquitectónicas, viales, hidráulicas, portuarias, eléctricas, estudios de ingeniería y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería, arquitectura y construcción, servicios de mantenimiento de instalaciones industriales, consultorías y asesorías en dirección y gestión de proyectos de ingeniería y construcción, por cuenta propia o ajena; realización de trabajos de edificación de obras civiles y exteriores; desarrollo de proyectos inmobiliarios; construcción de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales. Construcción, por cuenta propia o ajena, de viviendas económicas, de aquellas definidas y reglamentadas por las normas del Decreto con Fuerza de Ley número dos mil novecientos cincuenta y nueve y la ejecución de los actos y la celebración de contratos que directa o indirectamente se relacione con dicho objeto, teniendo presente los reglamentos y modificaciones posteriores de la legislación indicada o de las disposiciones legales que, en adelante rijan esta clase de viviendas; urbanizaciones y construcciones conjuntas, aun cuando sea por cuenta de terceros, urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semi fiscales empresas autónomas u organismo de administración autónoma del Estado o Municipales y las que se hagan de acuerdo a proyectos aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista de servicios o de cualquier otra forma, de toda clase de obras civiles, de edificación, arquitectónica, viales, hidráulicas, mecánicas, eléctricas, portuarias, de movimientos de tierra, destinadas a la construcción de instalaciones industriales e inmuebles, o su refacción y/o ampliación o demolición. La importación de bienes para la construcción en todas sus formas, así como también la representación de marcas nacionales y extranjeras, y en general realizar todos los actos y contratos, que los socios acuerden, relacionados con el giro principal. Domicilio: Domicilio de la sociedad será en la ciudad de La Serena, Chile, sin perjuicio de las agencias, oficinas o sucursales que se acuerden establecer en el país o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de cuatro millones de pesos dividido en mil acciones nominativas y sin valor nominal, íntegramente aportado, suscrito y pagado. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Coquimbo, 09 de Octubre de 2020.