Instrumento
- Fecha
- 9 de octubre de 2020
- Repertorio
- 15499-2020
- Notario
- Eduardo Diez Morello
- Oficio
- 34 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
i) investigación, docencia, capacitación , prestación y comercialización de toda clase de servicios y asesorías profesionales y técnicas en el área de las ciencias médicas o relacionadas con salud; ii) la prestación y comercialización de toda clase de bienes, productos, servicios y asesorías en materia educacional, ya sean referidos a educación prebásica, básica, media, técnica, pre universitaria, universitaria y de postgrado; iii) la prestación de toda clase de servicios y asesorías profesionales y técnicas de carácter comercial; iv) la realización de todo tipo de inversiones, en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie; v) la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los negocios antes señalados. realizar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, directamente o por terceros, administrarlos, percibir e invertir sus frutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEduardo Diez Morello, abogado, Notario Público de la 34 Notaría de Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 9 de octubre de 2020, ante mi notario reemplazante, Maria Jose Bravo Cruz, bajo el repertorio N° 15499-2020; don Sergio Luis Vargas Munita y doña Beatriz Francisca Serrano Gutiérrez constituyeron una Sociedad por Acciones. Razón Social: Medicina Clínica Transnacional SpA, abreviado “MEDICLINT SpA”. Objeto: i) investigación, docencia, capacitación , prestación y comercialización de toda clase de servicios y asesorías profesionales y técnicas en el área de las ciencias médicas o relacionadas con salud; ii) la prestación y comercialización de toda clase de bienes, productos, servicios y asesorías en materia educacional, ya sean referidos a educación prebásica, básica, media, técnica, pre universitaria, universitaria y de postgrado; iii) la prestación de toda clase de servicios y asesorías profesionales y técnicas de carácter comercial; iv) la realización de todo tipo de inversiones, en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, y en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie; v) la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los negocios antes señalados. realizar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, directamente o por terceros, administrarlos, percibir e invertir sus frutos. Capital: es la suma de trescientos mil pesos, dividido en trescientas acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie del mismo valor, las que se pagarán dentro del plazo de un año. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de octubre de 2020.