Instrumento
- Fecha
- 19 de octubre de 2020
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- - Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
- El objeto de la sociedad será: a) La comercialización, compra, venta, importación, exportación, internación, distribución, de mármoles, granitos, materia prima, piedra pizarra, productos elaborados y tecnología; b) La asesoría, fabricación e instalación en proyectos relacionados con mármoles y granito: c) La representación de toda clase de personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras, relacionadas con el objeto de esta sociedad; d) La explotación de canteras de todo tipo de minerales, en especial piedras ornamentales; e) La actividad de la construcción, entendiéndose por tal, el diseño, el estudio, proyecto y construcción de toda clase de obras civiles o de cualquier naturaleza, edificios viviendas, montajes e instalaciones, demoliciones, loteo de predios, urbanización de terrenos entre otros, por cuenta propia o ajena; f) Inversiones en gestiones de riesgo, esto es la realización de toda clase de inversiones, apuntando especialmente al albur, el acaso, el riesgo, la incertidumbre, al objeto aparentemente incierto, legal o comercialmente, Incluirá, además, inversiones en todo tipo de derechos litigiosos, derechos de exploración y explotación minera, derechos de agua y otros, sociedades, comunidades, sucesiones, negocios, acciones, empresas y actividades organizadas que digan relación con bienes muebles, corporales o incorporales, tangibles e intangibles. Las inversiones las podrá hacer directamente o aportando o conectando a inversionistas de mayor o menor envergadura.- Administración sociedad y uso razón social corresponderá única y exclusivamente al accionista constituyente, don JORGE GERÓNIMO CASTRO DÍAZ, con amplias facultades señaladas en cláusula décima primera del estatuto social; quien las ejercerá personalmente o a través de personas especialmente designadas para ello
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago Centro, Santiago; certifica: Por escritura de fecha de hoy, 19 de Octubre de 2020, ante mí, don JORGE GERÓNIMO CASTRO DÍAZ, constructor, Run 5.474.509-5, Avenida Pedro Montt N° 1391-A, Santiago; constituyó sociedad por acciones denominada MÁRMOLES PIEDRABELLA SpA, que usará inclusive en bancos nombre fantasía Comercial Piedrabella.- Objeto:- El objeto de la sociedad será: a) La comercialización, compra, venta, importación, exportación, internación, distribución, de mármoles, granitos, materia prima, piedra pizarra, productos elaborados y tecnología; b) La asesoría, fabricación e instalación en proyectos relacionados con mármoles y granito: c) La representación de toda clase de personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras, relacionadas con el objeto de esta sociedad; d) La explotación de canteras de todo tipo de minerales, en especial piedras ornamentales; e) La actividad de la construcción, entendiéndose por tal, el diseño, el estudio, proyecto y construcción de toda clase de obras civiles o de cualquier naturaleza, edificios viviendas, montajes e instalaciones, demoliciones, loteo de predios, urbanización de terrenos entre otros, por cuenta propia o ajena; f) Inversiones en gestiones de riesgo, esto es la realización de toda clase de inversiones, apuntando especialmente al albur, el acaso, el riesgo, la incertidumbre, al objeto aparentemente incierto, legal o comercialmente, Incluirá, además, inversiones en todo tipo de derechos litigiosos, derechos de exploración y explotación minera, derechos de agua y otros, sociedades, comunidades, sucesiones, negocios, acciones, empresas y actividades organizadas que digan relación con bienes muebles, corporales o incorporales, tangibles e intangibles. Las inversiones las podrá hacer directamente o aportando o conectando a inversionistas de mayor o menor envergadura.- Administración sociedad y uso razón social corresponderá única y exclusivamente al accionista constituyente, don JORGE GERÓNIMO CASTRO DÍAZ, con amplias facultades señaladas en cláusula décima primera del estatuto social; quien las ejercerá personalmente o a través de personas especialmente designadas para ello.- Capital: $10.000.000 dividido en 50 acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en este acto.- Duración:- Indefinida.- Domicilio:- Santiago, sin perjuicio establecer agencias o sucursales otros puntos del país o extranjero.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 19 de Octubre de 2020.