LEPANTO SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de octubre de 2020
- Repertorio
- 19952-2020
- Comuna
- Pública de Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será realizar las siguientes actividades: a) Creación, diseño, distribución, venta, desarrollo y difusión de aplicaciones tecnológicas computacionales, soluciones digitales y transformación digital para todo y cualquier tipo de plataforma, pudiendo al efecto percibir e invertir los frutos de la venta de licencias y)o descarga de las aplicaciones que cree al efecto; b) Prestación de todo tipo de asesorías y consultorías profesionales, incluyendo, pero no limitando a, la prestación de asesorías y servicios en materias tecnológicas, informáticas, computacionales, creación de aplicaciones, de marketing, finanzas, seguros, educación, comerciales, de gestión, recursos humanos, ingeniería y cualquier otro tipo de servicio tecnológico que la Sociedad estime conveniente; c) La Sociedad podrá efectuar toda clase de inversiones en Chile o el extranjero, en toda clase de bienes corporales y)o incorporales, muebles y)o inmuebles, por cuenta propia o ajena; d) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora”. TRES) Modificar el Titulo Tercero de los Estatutos de la Sociedad relativo a la forma de administración de la misma, en el sentido que la Sociedad pasará a ser administrada por un Directorio compuesto por 3 miembros que durarán 3 años en sus funciones. En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Titular de la Trigésimo Sexta Notaría Pública de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de octubre de 2020, Repertorio N° 19.952-2020, ante mí: don ALFREDO MORENO GIERSIEPEN, domiciliado para estos efectos en Avenida Apoquindo N° 3669, piso 13, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de actual y único socio conforme al registro de accionistas de la sociedad TOUCH INFLIGHT SOLUTIONS SpA, decidió modificar la sociedad inscrita a fojas 22.370, número 11.178 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020, en los siguientes términos: UNO) Modificar el artículo Primero del estatuto social, referente a la razón social de la sociedad, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “Artículo Primero: Nombre de la Sociedad. El nombre de la sociedad será LEPANTO SpA”. DOS) Modificar el artículo Segundo del estatuto social, relativo al objeto social, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “Artículo Segundo. Objeto. El objeto de la sociedad será realizar las siguientes actividades: a) Creación, diseño, distribución, venta, desarrollo y difusión de aplicaciones tecnológicas computacionales, soluciones digitales y transformación digital para todo y cualquier tipo de plataforma, pudiendo al efecto percibir e invertir los frutos de la venta de licencias y/o descarga de las aplicaciones que cree al efecto; b) Prestación de todo tipo de asesorías y consultorías profesionales, incluyendo, pero no limitando a, la prestación de asesorías y servicios en materias tecnológicas, informáticas, computacionales, creación de aplicaciones, de marketing, finanzas, seguros, educación, comerciales, de gestión, recursos humanos, ingeniería y cualquier otro tipo de servicio tecnológico que la Sociedad estime conveniente; c) La Sociedad podrá efectuar toda clase de inversiones en Chile o el extranjero, en toda clase de bienes corporales y/o incorporales, muebles y/o inmuebles, por cuenta propia o ajena; d) La ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente y que los socios de común acuerdo determinen sin limitación de ninguna especie. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora”. TRES) Modificar el Titulo Tercero de los Estatutos de la Sociedad relativo a la forma de administración de la misma, en el sentido que la Sociedad pasará a ser administrada por un Directorio compuesto por 3 miembros que durarán 3 años en sus funciones. En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de octubre de 2020.