CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Las Mercedes SpA

CVE 1833728
Fecha instrumento
15 de octubre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
15 de octubre de 2020
Repertorio
15953
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
Duración
tres años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios de asesoría y capacitación en materia sensorial, respecto de la industria vitivinícola; b) La producción, comercialización -minorista y)o mayorista- y la distribución, de todo tipo de vinos, bebidas alcohólicas, licores y cualquier otro insumo, bien y)o servicio directa o indirectamente relacionado a la industria antes señalada; c) La promoción y)o publicidad de cualquiera de estos bienes o servicios; d) La investigación de dichos mercados y el procesamiento de datos y toda actividad relacionada con dichas bases de datos; e) Importación y exportación de todo tipo de bienes muebles; la representación de firmas nacionales y extranjeras; f) La participación en empresas y sociedades de cualquier naturaleza, civiles o comerciales, de personas o capitales, cualquiera sea su nacionalidad; la administración de sus inversiones, percibiendo sus frutos o rentas, y la prestación de servicios relacionados con la administración de inversiones y de negocios de terceros; g) Adquirir, comprar, vender, enajenar, dar o tomar en arrendamiento, explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por cuenta de terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas por último la realización de cualquier otro servicio o actividad anexa y)o relacionada con la activad mencionada; y h) En general, celebrar y llevar a cabo toda clase de operación, acto o contrato, de carácter civil y)o comercial, gratuito u oneroso, que diga relación con la industria en cuestión y que sean conducente, útil y)o necesario a la consecución de los fines sociales, sin necesidad de modificar los presentes Estatutos y que la socios estimen conveniente a los intereses sociales y que se relacionen directa o indirectamente con los objetos antes especificados

Administración

La sociedad seá administrada por los socios doña XÍMENA ANDREA SÁNCHEZ LOYOLA y Don JAIME FRANCISCO SEPÚLVEDA LLEVANERAS, quienes pueden actuar indistintamente en forma separada o conjunta, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, obligará a esta, en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades, entendiéndose comprendidas entre ellas, sin que su enumeración sea o tenga el carácter de taxativa y sin que sea necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro ordinario

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos novecientos cuarenta y uno, oficina trescientos dos, Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por Escritura Pública de fecha 15/10/2020, Repertorio 15953 – 2020, ante mí, doña XÍMENA ANDREA SÁNCHEZ LOYOLA, chilena, casada bajo el Régimen de Sociedad Conyugal, Ingeniera, cédula nacional de identidad número doce millones ciento veintitrés mil ochocientos ochenta y ocho guion ocho, domiciliado en calle Sebastián Elcano número mil seiscientos cuarenta y cuatro, comuna de Las Condes ,Región Metropolitana; Y don JAIME FRANCISCO SEPÚLVEDA LLEVANERAS, chileno, casado bajo el Régimen de Sociedad Conyugal, Ingeniero, cédula nacional de identidad número trece millones novecientos veintidós mil ochocientos noventa y seis guion cero, domiciliado en calle Sebastián Elcano número mil seiscientos cuarenta y cuatro, comuna de Las Condes , Región Metropolitana. Constituyen Sociedad por Acciones. NOMBRE: "INVERSIONES LAS MERCEDES SpA". OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios de asesoría y capacitación en materia sensorial, respecto de la industria vitivinícola; b) La producción, comercialización -minorista y/o mayorista- y la distribución, de todo tipo de vinos, bebidas alcohólicas, licores y cualquier otro insumo, bien y/o servicio directa o indirectamente relacionado a la industria antes señalada; c) La promoción y/o publicidad de cualquiera de estos bienes o servicios; d) La investigación de dichos mercados y el procesamiento de datos y toda actividad relacionada con dichas bases de datos; e) Importación y exportación de todo tipo de bienes muebles; la representación de firmas nacionales y extranjeras; f) La participación en empresas y sociedades de cualquier naturaleza, civiles o comerciales, de personas o capitales, cualquiera sea su nacionalidad; la administración de sus inversiones, percibiendo sus frutos o rentas, y la prestación de servicios relacionados con la administración de inversiones y de negocios de terceros; g) Adquirir, comprar, vender, enajenar, dar o tomar en arrendamiento, explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por cuenta de terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas por último la realización de cualquier otro servicio o actividad anexa y/o relacionada con la activad mencionada; y h) En general, celebrar y llevar a cabo toda clase de operación, acto o contrato, de carácter civil y/o comercial, gratuito u oneroso, que diga relación con la industria en cuestión y que sean conducente, útil y/o necesario a la consecución de los fines sociales, sin necesidad de modificar los presentes Estatutos y que la socios estimen conveniente a los intereses sociales y que se relacionen directa o indirectamente con los objetos antes especificados. ADMINISTRACIÓN: La sociedad seá administrada por los socios doña XÍMENA ANDREA SÁNCHEZ LOYOLA y Don JAIME FRANCISCO SEPÚLVEDA LLEVANERAS, quienes pueden actuar indistintamente en forma separada o conjunta, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, obligará a esta, en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las más amplias facultades, entendiéndose comprendidas entre ellas, sin que su enumeración sea o tenga el carácter de taxativa y sin que sea necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro ordinario. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad, es la suma de cien mil pesos, dividido en cien acciones nominativas, ordinarias, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben de la siguiente forma: XÍMENA ANDREA SÁNCHEZ LOYOLA, suscribe en este acto cincuenta acciones, por un total de cien mil pesos, que serán pagados en un plazo de 12 meses y en dinero efectivo; y JAIME FRANCISCO SEPÚLVEDA LLEVANERAS, suscribe en este acto cincuenta acciones, por un total de cincuenta mil pesos, que serán pagados en un plazo de 12 meses y en dinero efectivo. DURACIÓN: tres años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Demás estipulaciones en escritura extractada. PAM