CONSULTORA HABITACIONAL DYN LIMITADA
Instrumento
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público 27° Notaría Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, Samtiago, certifico: Por escritura pública otorgada hoy, ante mí, LORELLA MARIA ELIZABETH DIENA ARENAS, domiciliada en calle Eyzaguirre número mil ciento cuarenta, departamento dos mil ciento tres, comuna de Santiago; don CARLOS CRISTIAN GOMEZ BASTIAS, domiciliada en avenida Sucre numero dos mil doscientos once, departamento quinientos siete guion A, comuna de Ñuñoa y; doña CAROLINA SUÁREZ DEL VALLE, domiciliada en calle Doctor Johow número novecientos ochenta y siete, departamento número mil doscientos siete, comuna de Ñuñoa; modificaron sociedad de responsabilidad limitada “CONSULTORA HABITACIONAL DYN LIMITADA”, inscrita a cinco mil ochocientos ochenta y nueve número cuatro mil quinientos ochenta y nueve, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año dos mil once, como sigue: 1) LORELLA MARIA ELIZABETH DIENA ARENAS cedió totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 99% de participación en capital social a CAROLINA SUÁREZ DEL VALLE. 2) Consecuentemente, se retira de sociedad doña LORELLA MARIA ELIZABETH DIENA ARENAS; 3) Los actuales socios doña CAROLINA SUÁREZ DEL VALLE y don CARLOS CRISTIAN GOMEZ BASTIAS acuerdan modificar estatuto social en lo siguiente: 1° Sustituyen cláusula cuarta, por la siguiente, extractada: “CUARTO: El uso de la razón social, la representación y administración de la Sociedad corresponderá a doña CAROLINA SUÁREZ DEL VALLE, la que anteponiendo su firma a la razón social estará facultada para ejecutar y celebrar toda clase de actos y convenciones, sin limitación alguna”. 2º Sustituyen cláusula quinta, por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de cuatro millones de pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) CAROLINA SUÁREZ DEL VALLE, la suma de tres millones novecientos sesenta mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento del capital social; y b) don CARLOS CRISTIAN GÓMEZ BASTÍAS, la suma de cuarenta mil pesos, equivalente al uno por ciento del capital social. El capital se encuentra íntegramente pagado en dinero efectivo e ingresado a caja social. La responsabilidad personal de los socios por las obligaciones sociales queda limitada al monto de sus respectivos aportes en la sociedad.”. En todo lo no modificado subsiste plenamente el pacto social. Santiago, 08 de octubre de 2020.