Instrumento
- Fecha
- 13 de octubre de 2020
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La explotación de predios agrícolas, de los cuales sea propietaria, usufructuaria, arrendataria o administradora o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos y de su posesión o mera tenencia, la administración de tales predios y la comercialización de su producción, como la forestación y reforestación de dicha especie de predios y su explotación ganadera en cualquiera de sus formas. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario de Santiago, Suplente del Titular Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, Bandera 341, Of. 352, certifica que por escritura pública de 13 de Octubre 2020, ante mí, JUAN FRANCISCO COLOMBO LOPEZ, ingeniero agrónomo, Rut 10.868.398-8, Tivoli 5779, Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones, con siguientes especificaciones: Nombre: "AGRICOLA QUIMAN SpA". Domicilio: Santiago, Región Metropolitana. Duración: Indefinida. Objeto: La explotación de predios agrícolas, de los cuales sea propietaria, usufructuaria, arrendataria o administradora o respecto de los cuales sea titular de toda clase de derechos y de su posesión o mera tenencia, la administración de tales predios y la comercialización de su producción, como la forestación y reforestación de dicha especie de predios y su explotación ganadera en cualquiera de sus formas. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en dinero efectivo en acto escritura que se extracta por accionista fundador. Demás estipulaciones constan de escritura que se extracta. Santiago, 15 de Octubre de 2020. JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Notario de Santiago.