CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ORNA SpA

RUT 15916879-4 CVE 1832659
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de septiembre de 2020
Repertorio
18243/2020
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será el diseño, construcción, modificación y ampliación de viviendas modulares, la venta de materiales para la construcción, modificación o ampliación de inmuebles y viviendas modulares, la preparación y venta de insumos para el acondicionamiento de viviendas, asimismo podrá realizar todo tipo de inversiones y toda otra actividad conexa con las anteriores que los socios de común acuerdo determinen, la inversión y administración de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, propios o de terceros, y la percepción de sus frutos, incluyendo adquisición y enajenación de los mismos. Compra, venta y administración de acciones de sociedades de personas; operaciones con bonos, debentures, pagarés, títulos de créditos y otros valores mobiliarios, efecto de comercio e instrumentos financieros y toda clase de operaciones con inmuebles urbanos o rurales, comprendiendo su loteo, subdivisión, construcción, arriendo y administración y celebrar cualquier otro acto o contrato que los socios acuerden, tenga o no relación con el objeto antes señalado

Administración

La administración será ejercida por don Hugo Nicolás Ibarra Jorquera y don Francisco Javier Briones Fredes, quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Certifica: Que por escritura pública de fecha 23 de Septiembre de 2020, repertorio N°18.243 /2020, otorgada ante mí, don HUGO NICOLÁS IBARRA JORQUERA, cédula nacional de identidad número 15.916.879-4, domiciliado en Av. Irarrázaval N° 3785, depto. 310, comuna de Ñuñoa y don FRANCISCO JAVIER BRIONES FREDES cédula nacional de identidad número 16.432.879-1, domiciliado en calle Baden 4891, depto. 001, comuna de Ñuñoa, constituyeron sociedad por acciones, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “ORNA SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será el diseño, construcción, modificación y ampliación de viviendas modulares, la venta de materiales para la construcción, modificación o ampliación de inmuebles y viviendas modulares, la preparación y venta de insumos para el acondicionamiento de viviendas, asimismo podrá realizar todo tipo de inversiones y toda otra actividad conexa con las anteriores que los socios de común acuerdo determinen, la inversión y administración de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, propios o de terceros, y la percepción de sus frutos, incluyendo adquisición y enajenación de los mismos. Compra, venta y administración de acciones de sociedades de personas; operaciones con bonos, debentures, pagarés, títulos de créditos y otros valores mobiliarios, efecto de comercio e instrumentos financieros y toda clase de operaciones con inmuebles urbanos o rurales, comprendiendo su loteo, subdivisión, construcción, arriendo y administración y celebrar cualquier otro acto o contrato que los socios acuerden, tenga o no relación con el objeto antes señalado. Capital Social: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital efectivamente suscrito y pagado es la suma de $600.000 correspondientes a 600.000 acciones, encontrándose pendiente de suscripción y pago la suma de $400.000, representativa de 400.000 acciones, dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha del presente instrumento. Administración: La administración será ejercida por don Hugo Nicolás Ibarra Jorquera y don Francisco Javier Briones Fredes, quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de octubre de 2020.