CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MED TODO ES CANCHA LIMITADA

CVE 1832688
Fecha instrumento
7 de octubre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de octubre de 2020
Notario
LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
Oficio
20º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos otros puntos país o extranjero
Duración
La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de tres años, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos de tres años, salvo que alguno de los socios manifestase su intención de ponerle término, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de, a lo menos, seis meses al vencimiento del plazo original o al de cualquiera de sus renovaciones

Objeto social

El objeto de la sociedad será desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: Uno) La transmisión por todo tipo de medios de comunicación, ya sea por escrito, televisión, radioemisión, internet o de cualquier otra forma, de todo tipo de noticias del acontecer nacional o internacional, ligado al deporte, en su mas amplia concepción. Dos) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal.DOMICILIO: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos otros puntos país o extranjero

Administración

La administración y uso de la razón social corresponderá a cualquiera de los socios, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, abogado, Notario Público Titular 20º Notaría de Santiago, con oficio Avenida Apoquindo N° 4990, Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública, Rep. N°3293-2020, de hoy, ante mí: Don MARCELO MUÑOZ PIVCEVIC, chileno, soltero, periodista, Cédula de Identidad número dieciséis millones cuatrocientos treinta y dos mil ochenta y ocho guion k, domiciliado en Doctor Roberto del Río número mil seiscientos cuarenta y uno, departamento ochocientos uno, comuna de Providencia, Región Metropolitana; don FRANCISCO JOSE EGUILUZ VIVEROS, chileno, soltero, periodista, Cédula de Identidad número doce millones cuatrocientos treinta y dos mil ochenta y ocho guion cuatro, domiciliado en Avenida Presidente Kennedy diez mil doscientos cincuenta departamento quinientos cinco, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y doña NATALIA ANDREA DUARTE BRAVO, chilena, soltera, comunicadora audiovisual, Cédula de Identidad número quince millones novecientos noventa y tres mil quinientos veinticinco guion seis, domiciliada en Almirante Riveros número treinta, departamento letra B, comuna de Providencia, Región Metropolitana. RAZÓN SOCIAL: las comparecientes vienen en constituir una sociedad comercial de responsabilidad limitada que tendrá la razón social de “MUÑOZ, EGUILUZ Y DUARTE LIMITADA”, la que además tendrá el nombre de fantasía “MED TODO ES CANCHA LIMITADA”.,.OBJETO: El objeto de la sociedad será desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: Uno) La transmisión por todo tipo de medios de comunicación, ya sea por escrito, televisión, radioemisión, internet o de cualquier otra forma, de todo tipo de noticias del acontecer nacional o internacional, ligado al deporte, en su mas amplia concepción. Dos) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal.DOMICILIO: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o establecimientos otros puntos país o extranjero.- DURACION: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de tres años, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos de tres años, salvo que alguno de los socios manifestase su intención de ponerle término, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social con una anticipación de, a lo menos, seis meses al vencimiento del plazo original o al de cualquiera de sus renovaciones.- CAPITAL: El capital social será la suma de un millón quinientos mil pesos, que se aportan y enteran de la siguiente forma: a) El aporte del socio MARCELO MUÑOZ PIVCEVIC, es la suma de quinientos mil pesos, equivalentes a un tercio del capital social, que se pagan en este acto, en dinero efectivo y que ingresa a la caja social; b) El aporte del socio FRANCISCO JOSE EGUILUZ VIVEROS, es la suma de quinientos mil pesos, equivalentes a un tercio del capital social, que se pagan en este acto, en dinero efectivo y que ingresa a la caja social; c) El aporte de la socia NATALIA ANDREA DUARTE BRAVO, es la suma de quinientos mil pesos, equivalentes a un tercio del capital social, que se pagan en este acto, en dinero efectivo y que ingresa a la caja social. Los socios limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes.- ADMINISTRACION: La administración y uso de la razón social corresponderá a cualquiera de los socios, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades.- Demás estipulaciones en escritura extractada Santiago, 07 de octubre de 2020.-