DISOLUCIÓN Sociedad por Acciones

KDC CHILE SpA

RUT 77070359-K CVE 1832562
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2020

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2020
Repertorio
5609
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, comuna de San Miguel, certifico que, por escritura pública de 30 de septiembre de 2020, repertorio N° 5609, ante mí, KHIRON LIFE SCIENCES CORP., rol único tributario N°59.280.080-2, único accionista de KHIRON CHILE SpA, rol único tributario N°76.951.452-K, y ésta última sociedad, a su vez, como único accionista de KDC CHILE SpA, rol único tributario N°77.070.359-K, pactaron fusionar las sociedades KHIRON CHILE SpA y KDC CHILE SpA en una sola sociedad, fusión que se efectúa absorbiendo la primera de ellas, esto es, KHIRON CHILE SpA, a la segunda, esto es, KDC CHILE SpA, la cual se disuelve en ese mismo acto y transmite a la absorbente todos sus activos, con cargo de pagar esta última todos los pasivos de la absorbida. La transmisión de los activos se produce como especie o cuerpo cierto y sobre la totalidad del patrimonio de la absorbida, comprendiendo todos sus bienes y deudas. El único accionista de la sociedad fusionada adhiere al presente acuerdo de fusión, prestando su expreso consentimiento al acto, según en derecho se requiera o corresponda, habida expresa consideración que por el solo ministerio de la Ley, se incorpora al ente resultante de la fusión, en este caso, la sociedad absorbente. Como consecuencia de la fusión acordada, se disuelve la sociedad absorbida KDC CHILE SpA, sin que sea necesario proceder a su liquidación, quedado incorporados y radicados en la sociedad absorbente KHIRON CHILE SpA, a título y con motivo de la fusión, todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la totalidad del activo y pasivo de la sociedad absorbida, según se especifica y consta de sus libros de contabilidad, como asimismo todo otro bien, derecho, obligación u operación de cualquier naturaleza que perteneciere a la sociedad absorbida, bienes, derechos, obligaciones y operaciones que, en definitiva, se entienden traspasados, cedidos y transmitidos a KHIRON CHILE SpA, la cual los acepta y adquiere a su entera satisfacción y en el estado en que se encuentran. Como resultado de la fusión, la sociedad absorbente KHIRON CHILE SpA, aumenta su capital en el monto del capital de la sociedad absorbida, esto es, en la cantidad de $10.000.000, resultando el nuevo capital de la sociedad absorbente y ya fusionada en el monto de $274.000.000, dividido en 274.000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y que se pagará conforme a lo siguiente: /a/ $1.000.000, que corresponde a 1.000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que será pagado, en dinero efectivo, dentro del plazo de 5 años contados desde el 30 de octubre de 2018; /b/ $263.000.000, correspondiente a 263.000 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que será pagado, en dinero efectivo, dentro del plazo de 5 años, contado desde el 1 de octubre de 2019; y c) $10.000.000, monto que corresponde al aumento de capital resultante de la fusión por incorporación y absorción de la sociedad KDC Chile SpA, acordada el 30 de septiembre de 2020 y para lo cual se emiten 10.000 mil nuevas acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y que quedan suscritas con cargo al capital de la sociedad absorbida KDC Chile SpA y que deberán ser pagadas, en dinero efectivo o en especies, dentro del plazo de 3 años, contado desde el 4 de septiembre de 2019. Para todos los efectos tributarios y especialmente conforme al artículo 69 del Código Tributario, KHIRON CHILE SpA se hace responsable de cualquier impuesto, carga o contribución que la sociedad absorbida, KDC CHILE SpA, que pudiere adeudar al Fisco. Demás estipulaciones en documento extractado. San Miguel, 15 de octubre de 2020. JORGE REYES BESSONE, Notario Público.