MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA

RUT 76125558-4 CVE 1832419
Fecha instrumento
9 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de octubre de 2020
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELO
Oficio
34ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

ADMINISTRACIÓN. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a doña ALEJANDRA MARÍA ECHAVARRI MORÁN con uno cualquiera de los señores don JOSÉ IGNACIO ECHAVARRI MORÁN, y don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN, en adelante los “Administradores”, quienes actuando de la forma antes indicada, para estos efectos, por sí o por medio de uno o más delegados cuya designación y remoción se hará por escritura pública, quienes actuaran con las facultades señaladas en la escritura extractada; y B) DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES. La distribución de las utilidades y)o beneficios del ejercicio, si existieren, después de impuestos se realizará de la siguiente manera: Doña ALEJANDRA MARÍA ECHAVARRI MORÁN percibirá el equivalente al ochenta por ciento de los beneficios, don JOSÉ IGNACIO ECHAVARRI MORÁN percibirá un diez por ciento y don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN percibirá un diez por ciento. Las pérdidas serán distribuidas entre los socios a prorrata de sus aportes, a menos que acuerden lo contrario.”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELO, Notario Público Titular 34ª Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda Nº359, comuna de Providencia, certifica que por escritura pública de fecha 09/10/2020, ante mí: Los socios de ”INVERSIONES SAN JOSÉ LIMITADA”, doña ALEJANDRA MARÍA ECHAVARRI MORÁN, JOSÉ IGNACIO ECHAVARRI MORÁN y don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN, todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa número 1939, oficina número 505, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificación la sociedad, bajo los siguientes términos: A) ADMINISTRACIÓN. ADMINISTRACIÓN. La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a doña ALEJANDRA MARÍA ECHAVARRI MORÁN con uno cualquiera de los señores don JOSÉ IGNACIO ECHAVARRI MORÁN, y don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN, en adelante los “Administradores”, quienes actuando de la forma antes indicada, para estos efectos, por sí o por medio de uno o más delegados cuya designación y remoción se hará por escritura pública, quienes actuaran con las facultades señaladas en la escritura extractada; y B) DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES. La distribución de las utilidades y/o beneficios del ejercicio, si existieren, después de impuestos se realizará de la siguiente manera: Doña ALEJANDRA MARÍA ECHAVARRI MORÁN percibirá el equivalente al ochenta por ciento de los beneficios, don JOSÉ IGNACIO ECHAVARRI MORÁN percibirá un diez por ciento y don RODRIGO JOSÉ ECHAVARRI MORÁN percibirá un diez por ciento. Las pérdidas serán distribuidas entre los socios a prorrata de sus aportes, a menos que acuerden lo contrario.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 15 de octubre 2020.