MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES RAS LIMITADA

RUT 76711290-4 CVE 1832423
Fecha instrumento
25 de septiembre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de septiembre de 2020
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada ante mí de fecha 25 de Septiembre de 2020, los comparecientes don RODRIGO ALEJANDRO ARÉVALO SÁNCHEZ, doña SANDRA ELIZABETH ALAMO MALEBRAN, doña VICTORIA FLORENCIA ARÉVALO ALAMO, doña ISIDORA PAZ ARÉVALO ALAMO y don RODRIGO JAIME ARÉVALO ALAMO, todos domiciliados para estos efectos en Pedro Sergio Correa casa 148, Casas de Hacienda, Comuna de Colina, Región Metropolitana, por el presente instrumento, acordaron resciliar y dejar sin efecto en todas sus partes la escritura de Compraventa y Cesión de Derechos y Modificación Social de fecha nueve de septiembre de dos mil diecinueve, numero de repertorio quince mil quinientos cuarenta y uno del dos mil diecinueve, ante don Ivan Torrealba Acevedo, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago. Prestaciones Mutuas. Los comparecientes declararan que el socio Rodrigo Alejandro Arevalo Sánchez restituyó a doña Sandra Elizabeth Álamo Malebran, doña Victoria Florencia Arévalo Álamo, doña Isidora Paz Arévalo Álamo y a don Rodrigo Jaime Arévalo Álamo el precio recibido por la venta de sus derechos sociales, quienes a su vez, restituyeron al socio Rodrigo Alejandro Arevalo Sánchez, los títulos en los que constan los derechos cedidos, esto es, la escritura de constitución de la sociedad. En consecuencia, las partes comparecientes se otorgan el más completo, amplio y total finiquito por la rescisión acordada en este instrumento. Venta Y Cesión De Derechos. Los comparecientes acordaron celebrar las siguientes cesiones de derechos: a) don RODRIGO ALEJANDRO ARÉVALO SÁNCHEZ vende, cede y transfiere el 15% del total del capital social de INVERSIONES RAS LIMITADA a doña VICTORIA FLORENCIA ARÉVALO ALAMO, quien los compra, acepta y adquiere para sí, b) don RODRIGO ALEJANDRO ARÉVALO SÁNCHEZ vende, cede y transfiere el 15% del total del capital social de INVERSIONES RAS LIMITADA a doña ISIDORA PAZ ARÉVALO ALAMO, quien los compra, acepta y adquiere para sí c) don RODRIGO ALEJANDRO ARÉVALO SÁNCHEZ vende, cede y transfiere el 15% del capital social de la INVERSIONES RAS LIMITADA a don RODRIGO JAIME ARÉVALO ALAMO, quien los compra, acepta y adquiere para sí. En virtud de lo anterior, se modificó el porcentaje de participación de los socios e ingresan como nuevos socios doña VICTORIA FLORENCIA ARÉVALO ALAMO, doña ISIDORA PAZ ARÉVALO ALAMO y don RODRIGO JAIME ARÉVALO ALAMO. Como consecuencia de las cesiones de derechos celebradas, se modificó los estatutos de la INVERSIONES RAS LIMITADA reemplazando el artículo cuarto del pacto social, por el siguiente: CUARTO: El Capital. El capital social será la suma de un millón de pesos, que se aporta, entera y paga por los socios, en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: (A) Don RODRIGO ALEJANDRO ARÉVALO SÁNCHEZ aporta la cantidad de cuatrocientos sesenta mil pesos, que equivalen al cuarenta y seis por ciento del capital social, que se pagan en este acto al contado, en dinero en efectivo, y que ingresan a la caja social; (B) doña SANDRA ELIZABETH ALAMO MALEBRAN aporta la cantidad de noventa mil pesos, que equivalen al nueve por ciento del capital social, que se pagan en este acto al contado, en dinero en efectivo, y que ingresan a la caja social; (C) doña VICTORIA FLORENCIA ARÉVALO ALAMO aporta la cantidad de ciento cincuenta mil pesos, que equivalen al quince por ciento del capital social, que se pagan en este acto al contado, en dinero en efectivo, y que ingresan a la caja social; (D) doña ISIDORA PAZ ARÉVALO ALAMO aporta la cantidad de ciento cincuenta mil pesos, que equivalen al quince por ciento del capital social, que se pagan en este acto al contado, en dinero en efectivo, y que ingresan a la caja social y (E) y don RODRIGO JAIME ARÉVALO ALAMO aporta la cantidad de ciento cincuenta mil pesos, que equivalen al quince por ciento del capital social, que se pagan en este acto al contado, en dinero en efectivo, y que ingresan a la caja social. La sociedad declara recibir a su entera satisfacción el capital pagado en este acto”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de Octubre de 2020. IVAN TORREALBA ACEVEDO. Notario Público.-