CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GESTORA INMOBILIARIA REALTY CLUSTER LIMITADA

RUT 76533706-2 CVE 1832672
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de octubre de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de octubre de 2020
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Será la comuna y ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto a) efectuar toda clase de inversiones, adquirir y enajenar acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito, derechos en cualquier tipo de sociedades civiles, comerciales y mineras, y otros valores mobiliarios, bienes raíces o muebles; b) formar parte de toda clase de sociedades civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, adquirir acciones o derechos en ellas, modificar los estatutos de las que pase a ser socia o accionista y tomar parte en su administración y ser apoderada de sociedades de responsabilidad limitada; c) La administración de fondos de terceros a cuenta propia o ajena; d) La compra y venta en participación de remates públicos o privados; y e) cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieren acordar en el futuro. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y

Administración

Corresponderá a ambos socios en forma conjunta, amplias facultades

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MULTISERVICIOS FIFTY FIVE SpA socio 76533706-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público, Titular de la 38ª Notaria de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Miraflores N°178, Quinto Piso. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 08 de octubre del año 2020. REPERTORIO N°141.665 – 2.020, otorgada ante mí, los comparecientes, don HECTOR HUGO TOLMO TORRES, en representación de MULTISERVICIOS FIFTY FIVE SpA, Rol Unico Tributario N°76.533.706-2, ambos domiciliados en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva N°2.998, comuna de Santiago y don EDGAR GIRON ESTELA, Avenida Grecia N°4.996, departamento 13, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: Será “GESTORA INMOBILIARIA REALTY CLUSTER LIMITADA”, Nombre de Fantasía “REALTY CLUSTER LTDA. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto a) efectuar toda clase de inversiones, adquirir y enajenar acciones, bonos, debentures, pagarés, títulos de crédito, derechos en cualquier tipo de sociedades civiles, comerciales y mineras, y otros valores mobiliarios, bienes raíces o muebles; b) formar parte de toda clase de sociedades civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, adquirir acciones o derechos en ellas, modificar los estatutos de las que pase a ser socia o accionista y tomar parte en su administración y ser apoderada de sociedades de responsabilidad limitada; c) La administración de fondos de terceros a cuenta propia o ajena; d) La compra y venta en participación de remates públicos o privados; y e) cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieren acordar en el futuro. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a ambos socios en forma conjunta, amplias facultades.- CAPITAL: $10.000.000, socios aportarán y enterarán a la caja social de la siguiente forma: (Uno) Multiservicios Fifty Five SpA integra su aporte de la siguiente manera: Con el aporte en caja social de $250.000, en este acto de contado y el saldo de $4.750.000, a enterar dentro del plazo de 5 años, lo que equivale al 50% de los derechos sociales. (Dos) el socio Edgar Giron Estela, siguiente manera: Con el aporte en caja social de $250.000, en este acto de contado y el saldo de $4.750.000, a enterar dentro del plazo de 5 años, lo que equivale al 50% de los derechos sociales. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: Indefinida a contar de esta fecha. DOMICILIO: Será la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de instalar y operar sucursales en el resto del territorio nacional o en el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 16 de octubre del año 2020.-